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José Juan 

El Buen Tono 

Córdoba.-  Copiando de él mismo modus operandi del alcalde de Tequila, Jalisco Diego Rivera, el presidente municipal de Córdoba Manuel Alonso, ordenó a sus empleados clausurar una obra completamente pagada y autorizada en la calle 22 lo que evidencia un actuar ilegal y arbitrario del auto nombrado morenista, la propia autoridad creó las condiciones para sancionar a ciudadanos que habían cumplido con todos los requisitos exigidos por el Ayuntamiento.

La obra correspondía a la construcción de una barda perimetral en un domicilio particular. De acuerdo con la documentación, los propietarios liquidaron adeudos de predial y limpia pública, obtuvieron número oficial, alineamiento del predio y presentaron solicitudes ante las distintas dependencias municipales. Posteriormente, también cubrieron el pago correspondiente al permiso de construcción; es decir, cumplieron en su totalidad con todo lo que la autoridad solicitó.

Pese a ello, el 19 de enero los propietarios fueron citados en oficinas municipales por Liliana Jiménez Montiel, jefa de Asentamientos Humanos, quien lejos de facilitar el trámite impuso nuevas exigencias administrativas. Bajo el argumento de una supuesta “rectificación”, solicitó los recibos originales del alineamiento, número oficial y permiso de construcción. Los documentos quedaron en poder de la autoridad y nunca fueron devueltos.

Menos de 24 horas después, el propio ayuntamiento utilizó precisamente la ausencia de esos comprobantes —que ya se encontraban bajo su resguardo— como fundamento para ordenar la suspensión de la obra. La secuencia fue clara: primero se despojó a los ciudadanos de sus pruebas y posteriormente se les sancionó por no presentarlas. La maniobra, lejos de tratarse de un error administrativo, reveló arbitrariedad, abuso de funciones y el uso discrecional de la burocracia para fabricar incumplimientos inexistentes.

Durante el proceso, además, el director de Obras Públicas, Jorge Guzmán de la Llave, indicó en repetidas ocasiones que los propietarios continuaran con los trabajos preliminares mientras se resolvían los pendientes administrativos, lo que generó una confianza legítima de que contaban con aval institucional. No obstante, el mismo funcionario terminó firmando la orden de suspensión que paralizó los trabajos.

Cuestionado por la evidente contradicción, el director intentó minimizar el hecho al asegurar que firma decenas de documentos al día y que no sabía con precisión qué había autorizado. La explicación no lo exime; por el contrario, lo compromete. Reconocer que se emiten resoluciones sin revisar su contenido evidencia una práctica irresponsable. Tratándose del titular de Obras Públicas, firmar “a ciegas” no es un descuido menor, sino una negligencia grave.

La contradicción quedó expuesta: quien autorizó de palabra fue exactamente quien ordenó detener por escrito. 

Todo este despliegue administrativo ocurrió por una obra que no correspondía a un desarrollo comercial ni a un proyecto de alto impacto urbano. Se trataba únicamente de una barda perimetral destinada a proteger una vivienda familiar ubicada en la calle 22.

El contraste resulta contundente. Mientras problemas urbanos de fondo permanecen sin atención, la administración municipal destinó tiempo, recursos y personal para obstaculizar la construcción de una pared. la finalidad de retener dichos documentos es de estigmatizar y criminalizar a los supuestos propietarios de dicha vivienda, limitando su libertad de expresión, sin embargo, no contaban con que dichos documentos había sido incluso certificados por autoridades competentes. 

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