

*El planteamiento jurídico advierte que imponer pagos superiores al valor del inmueble, sin respaldo técnico, podría configurar explotación y afectar la dignidad del demandado.
Efraín Hernández
EL BUEN TONO
Córdoba, Ver.- El debate sobre condenas económicas desproporcionadas en procesos civiles tomó relevancia luego de que el contador público Guillermo Santos Martínez explicara el alcance de una tesis que aborda la posible explotación de la persona por la persona cuando, a través de un juicio, se obtiene un beneficio patrimonial excesivo y carente de sustento verificable.

El profesionista detalló que el criterio no cuestiona el derecho de reclamar rentas o daños, sino los casos en los que la cuantificación rebasa parámetros razonables. “Si se fija el pago por ocupación de un terreno en una cifra que incluso supera el valor comercial del propio inmueble, y no existen avalúos ni peritajes sólidos que lo respalden, se corre el riesgo de imponer una carga desmedida”, sostuvo.
Precisó que para que se configure la figura de explotación deben acreditarse dos elementos: que el monto sea notoriamente desproporcionado y que esa condena provoque una afectación real a la dignidad del deudor. Es decir, no basta con que la suma sea alta; debe demostrarse que coloca al demandado en una situación de desventaja extrema.

