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AGENCIA

Regional.- La Fiscalía General de la República informó que ejerció la facultad de atracción del caso de Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena víctima de abuso sexual atribuido a elementos del Ejército en 2007, por el cual la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una sentencia condenatoria contra el Estado mexicano.

En un comunicado, la FGR señaló que llevará a cabo una investigación exhaustiva sobre hechos “posiblemente constitutivos de tortura sexual”, así como sobre la privación de la vida de la víctima, con apego a estándares internacionales en materia de derechos humanos y procuración de justicia.

La dependencia, encabezada por Ernestina Godoy Ramos, indicó que las investigaciones estarán a cargo del Ministerio Público Federal adscrito a la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres, Grupos en Situación de Vulnerabilidad y Trata de Personas.

De acuerdo con los antecedentes del caso, Ernestina Ascencio Rosario era habitante de la comunidad de Tetlatzinga, en la región de la Sierra de Zongolica, Veracruz. En febrero de 2007 fue agredida sexualmente mientras pastoreaba ovejas y falleció al día siguiente, antes de recibir atención médica oportuna.

La Fiscalía recordó que, mediante sentencia emitida el 30 de septiembre de 2025, la Corte Interamericana determinó la responsabilidad del Estado mexicano por la vulneración de los derechos a la integridad personal, a la vida y al acceso a la justicia, entre otros. El tribunal internacional concluyó que la investigación inicial, realizada por autoridades locales, no se condujo conforme a los estándares internacionales aplicables.

Por ello, la Corte ordenó al Estado mexicano realizar una investigación exhaustiva, con enfoque interseccional, como parte de las medidas de reparación integral a favor de la víctima y sus familiares.

Los hechos ocurrieron cuando Ascencio Rosario fue localizada en grave estado físico por su hija el 25 de febrero de 2007, cerca de un campamento militar. La familia no logró acceder de inmediato a servicios médicos y, tras más de 10 horas, fue ingresada al Hospital Regional de Río Blanco, donde no se contaba con traductores que facilitaran la atención, debido a que la víctima hablaba una lengua indígena. Falleció la madrugada del 26 de febrero a consecuencia de las lesiones sufridas.

La entonces Procuraduría de Justicia de Veracruz inició una investigación por posible violación. La necropsia determinó que la víctima presentaba traumatismo craneoencefálico, fractura cervical y lesiones en las regiones vaginal y anal, además de la presencia de líquido seminal. No obstante, el 30 de abril de 2007 la autoridad estatal determinó el no ejercicio de la acción penal, al considerar que no se acreditaron los delitos de violación ni de homicidio.

Paralelamente, se abrió una investigación en la jurisdicción militar para deslindar responsabilidades del personal desplegado en la zona; sin embargo, la Procuraduría de Justicia Militar archivó el caso el 27 de junio de 2007.

En su sentencia, la Corte Interamericana concluyó que la agresión sexual sufrida por Ernestina Ascencio Rosario constituyó un acto de tortura, al haber sido intencional y causar graves sufrimientos físicos y mentales, con el propósito de intimidar, degradar, humillar y controlar a la víctima.

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