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Agencias

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las compañías de telefonía móvil son responsables cuando realizan el reemplazo de una tarjeta SIM sin verificar correctamente la identidad del usuario, lo que abre la puerta a que las víctimas del llamado SIM swapping puedan exigir indemnización por daños, incluido el daño moral.

El fallo deriva del caso de una usuaria en la Ciudad de México, cuya línea fue duplicada sin su consentimiento y entregada a un tercero en Chihuahua, lo que permitió a delincuentes acceder a sus cuentas digitales, intentar realizar operaciones bancarias y difundir contenido íntimo. La Corte determinó que la empresa incurrió en responsabilidad civil al no acreditar los controles de seguridad en el proceso.

El máximo tribunal subrayó que las empresas no solo brindan un servicio técnico, sino que también deben garantizar la protección de datos personales, la confidencialidad de las comunicaciones y la seguridad del patrimonio de sus clientes, por lo que la negligencia en estos casos constituye un hecho ilícito.

Además, la SCJN estableció nuevas medidas obligatorias para las compañías, como la verificación estricta de identidad, registro del trámite, cotejo de datos, preguntas de seguridad y sistemas de alerta, con el fin de prevenir este tipo de fraudes que permiten a delincuentes tomar control de líneas telefónicas y cuentas digitales.

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