De la redacción
El Buen Tono
La Comisión Europea publicó este lunes nuevas recomendaciones para que los proveedores de sistemas de inteligencia artificial (IA) cumplan con las obligaciones de transparencia establecidas por la Ley de IA de la Unión Europea, que entrarán en vigor a partir del próximo 2 de agosto.
Las nuevas medidas buscan que los ciudadanos puedan identificar cuándo están interactuando con una máquina, especialmente en servicios como asistentes virtuales, chats de atención al cliente, plataformas públicas o sistemas utilizados para gestionar denuncias.
Henna Virkkunen, vicepresidenta ejecutiva de Soberanía Tecnológica, Seguridad y Democracia de la Comisión Europea, señaló que estas directrices ayudarán a las empresas a cumplir con la normativa y permitirán a los usuarios conocer cuándo reciben respuestas generadas por inteligencia artificial.
La Ley de IA, aprobada en 2024, establece que los sistemas deben informar claramente cuando una persona está conversando con una máquina, salvo en casos donde la naturaleza artificial del intercambio sea evidente.
Además, la normativa contempla que los contenidos creados mediante inteligencia artificial, como textos, imágenes, videos y audios, deberán contar con identificadores que permitan reconocer que fueron generados por una máquina. Aunque esta obligación de marca de agua fue aplazada hasta el 2 de diciembre, existen excepciones para contenidos manipulados relacionados con temas de interés público como elecciones, procesos judiciales, salud, política, ciencia, cultura o finanzas.
La Comisión Europea también determinó que los ciudadanos deberán ser informados cuando sean analizados mediante sistemas de reconocimiento de emociones o categorización biométrica, excepto en casos autorizados por la ley para investigaciones de delitos.
Aunque las recomendaciones técnicas publicadas son voluntarias, las empresas deberán demostrar que cumplen con las obligaciones de transparencia establecidas por la legislación. Quienes incumplan podrían enfrentar multas de hasta el 3% de su facturación anual, con un límite de 15 millones de euros. Para instituciones y agencias europeas, las sanciones podrían alcanzar hasta 750 mil euros.
