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AGENCIA

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reducción del aguinaldo para las personas que se pensionen bajo un nuevo esquema legal en Zacatecas, al determinar que la medida no viola el derecho a la seguridad social ni afecta prestaciones ya adquiridas.

La resolución establece que el ajuste de 60 a 30 días de aguinaldo únicamente aplicará para quienes obtengan su pensión después de la entrada en vigor de la reforma al sistema estatal de seguridad social, por lo que los jubilados actuales conservarán las condiciones con las que comenzaron a recibir su prestación.

El máximo tribunal explicó que la modificación no representa una eliminación del aguinaldo, sino una adecuación del monto con el objetivo de garantizar la viabilidad financiera del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (ISSSTEZAC).

La Corte destacó que la medida respeta el principio de no retroactividad de la ley, por lo que los derechos adquiridos de quienes ya están pensionados o cumplieron los requisitos para jubilarse bajo el esquema anterior permanecen protegidos.

¿A quiénes aplica la reducción?

La resolución tiene un alcance específico y no modifica las pensiones de todo el país.

La reducción del aguinaldo afectará únicamente a las personas que se jubilen bajo el nuevo régimen del sistema estatal de Zacatecas después de la reforma correspondiente.

En cambio, no afectará a los pensionados actuales ni a quienes ya tenían derecho a retirarse bajo las reglas anteriores, quienes seguirán recibiendo su aguinaldo conforme al esquema vigente al momento de adquirir su pensión.

¿Por qué se modificó esta prestación?

La decisión responde a la presión financiera que enfrentan diversos sistemas de pensiones debido al aumento en la esperanza de vida, el crecimiento del número de jubilados y la disminución proporcional de trabajadores activos que aportan recursos.

Las autoridades argumentaron que el ajuste busca evitar problemas de sostenibilidad financiera y garantizar que las futuras generaciones puedan acceder a una pensión.

La SCJN consideró que la reducción es una medida proporcional para equilibrar las obligaciones del sistema y mantener su funcionamiento a largo plazo.

No aplica para IMSS ni ISSSTE federal

La resolución de la Suprema Corte no modifica las reglas de pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ni del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) a nivel federal.

El fallo corresponde exclusivamente al sistema estatal de pensiones de Zacatecas. Sin embargo, especialistas señalan que podría convertirse en un referente para otros estados que enfrenten dificultades financieras similares en sus sistemas locales de jubilación.

El aguinaldo para pensionados

El aguinaldo es una prestación anual que reciben las personas pensionadas bajo distintos esquemas, como jubilación por vejez, cesantía, invalidez o incapacidad permanente.

La forma y fechas de pago dependen de la institución o legislación aplicable. En muchos casos, el depósito se realiza en una o dos exhibiciones durante los últimos meses del año y al inicio del siguiente periodo.

Recomendaciones para quienes planean jubilarse

Las personas próximas al retiro deben identificar bajo qué régimen cotizan, ya que las condiciones pueden variar entre sistemas federales y estatales.

También es importante revisar la fecha en la que se adquiere el derecho a la jubilación, especialmente en entidades donde existan reformas recientes, pues las prestaciones dependerán del esquema vigente al momento de retirarse.

La asesoría previa con las instituciones de seguridad social puede ayudar a conocer con precisión el monto de la pensión y las prestaciones que corresponderán durante la etapa de retiro.

Deberían recortar más de la mitad de asesores que tiene el Ministro, que son unos buenos para nada, pero bien que cobran sus sueldos.

¡Ellos cuidan sus intereses para seguir en poder!

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