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De la Redacción
El Buen Tono

Córdoba, Ver.- La Contraloría General del Estado echó abajo la reserva de información impulsada por el Comité de Transparencia municipal, señalando incongruencias graves en su fundamentación. La regidora Itzel López González, encargada de la comisión de Transparencia, no supervisó el procedimiento, dejando que el Ayuntamiento recurriera a la dilación y a una reserva mal justificada para no rendir cuentas.

La Contraloría General del Estado de Veracruz, a través de su Dirección General de Transparencia, emitió el pasado 1 de julio de 2026 una resolución que exhibe la opacidad del Ayuntamiento de Córdoba.

En el recurso de revisión Ayunt2601408, la autoridad garante declaró fundado el agravio al confirmar que el municipio incurrió en silencio administrativo, entregó información incompleta y utilizó una clasificación de reserva ilegal, carente de la debida motivación jurídica.

Se solicitó el 7 de enero de 2026 los reportes detallados de sanciones aplicadas por faltas como “alterar la tranquilidad”, “orinar o defecar en la vía pública”, “causar daño a bienes públicos”, y las sanciones más graves, solicitando explícitamente copia de las actas administrativas.

Ante el silencio del Ayuntamiento, el recurrente interpuso el recurso de revisión el 6 de febrero. En su comparecencia extemporánea del 30 de marzo, la Dirección de Seguridad y Protección Ciudadana intentó justificar la negativa con una simple tabla estadística y solicitó al Comité de Transparencia reservar las actas.

El Comité de Transparencia del H. Ayuntamiento, conformado por Luz del Carmen Contla Amaro (Presidenta), Ramiro Andrés Díaz Castro (Secretario) y Gonzalo Heredia Galdós (Vocal), aprobó por unanimidad la clasificación de reserva por cuatro años, con base en el artículo 94, fracción III de la Ley 250 de Transparencia (obstrucción a actividades de verificación). La incongruencia fue inmediata: el Director de Seguridad había solicitado la reserva usando las fracciones II y IV (riesgo a la vida o debido proceso).

Este error jurídico elemental, sumado a una prueba de daño carente de fundamentación real, pasó desapercibido para la regidora Itzel López González, responsable de la comisión de Transparencia, quien omitió supervisar que el procedimiento interno cumpliera los estándares legales mínimos. La nula revisión de la regidora permitió que el Comité avalara un artilugio legal para negar el acceso a la información.

El largo proceso de la queja y la resolución de la Contraloría
La falta de transparencia se evidenció desde el inicio. El plazo de 20 días hábiles para responder a la solicitud del 7 de enero venció el 4 de febrero de 2026 sin ninguna contestación. Ese silencio administrativo negativo obligó al ciudadano a interponer el recurso el 6 de febrero, siendo admitido formalmente el 10 de febrero. Tras la tardía respuesta del Ayuntamiento el 30 de marzo, la Contraloría debió ampliar el plazo para resolver el expediente mediante un acuerdo emitido el 17 de abril, a fin de analizar exhaustivamente las inconsistencias documentales.

La resolución final dictada el 1 de julio de 2026 es un golpe a la opacidad municipal. La Contraloría determinó que el Ayuntamiento no garantizó en su totalidad el derecho de acceso a la información.

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