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La autoridad garante revoca la respuesta evasiva del municipio y obliga a una búsqueda en Desarrollo Social, Tesorería y Secretaría. La edil se deslindó argumentando que solo “vigiló” los programas.

De la Redacción
El Buen Tono

La Contraloría General del Estado de Veracruz ordenó al Ayuntamiento de Córdoba a realizar una búsqueda exhaustiva de los documentos de los programas sociales “Tequila con Tokio” y “Sembrando Vida, Cosechemos Agua”.

Dichos programas fueron ejecutados por la entonces síndica y actual regidora novena, Vania López González. La resolución del expediente Ayunt2601639, emitida el 8 de julio de 2026, determina que el municipio no garantizó el derecho de acceso a la información y lo obliga a abrir sus archivos en tres áreas específicas.

Orden de búsqueda exhaustiva en áreas clave

La resolución de la Contraloría no se limita a confirmar la respuesta del Ayuntamiento. La autoridad determinó que el municipio realizó una búsqueda incompleta, ya que solo turnó la solicitud a la actual Síndica y a la Regiduría Novena. Por ello, ordenó al sujeto obligado que, en un plazo de diez días hábiles, acuda a la Dirección de Desarrollo Social, a la Tesorería Municipal y a la Secretaría del Ayuntamiento para localizar las actas constitutivas de los comités ciudadanos, las minutas de trabajo y los comprobantes de entrega de recursos correspondientes a dichos programas. La autoridad descartó el argumento municipal de que la información “no existe”.

Evasión sistemática y argumento de “vigilancia”

Y es que la resolución exhibe una conducta evasiva por parte de la edil. Ante la solicitud, Vania López González respondió a la Unidad de Transparencia que la información no se localizaba en sus archivos. En su alegato, se deslindó de la ejecución de los programas, señalando que su labor como síndica encargada de la comisión de ecología fue “solo de vigilancia”. El órgano garante rechazó esta postura.

La Contraloría considera que la información sobre programas públicos no es propiedad personal de un funcionario, sino que debe resguardarse en el archivo institucional del municipio. La respuesta de la regidora no acreditó haber realizado gestiones ante otras áreas del ayuntamiento para localizar la documentación, lo que configuró una omisión a la obligación de búsqueda exhaustiva.

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