JavaScript must be enabled in order for you to see "WP Copy Data Protect" effect. However, it seems JavaScript is either disabled or not supported by your browser. To see full result of "WP Copy Data Protector", enable JavaScript by changing your browser options, then try again.
PUBLICIDAD publicidad

De la Redacción
El Buen Tono

Xalapa, Ver.- La autoridad de Transparencia ordenó entregar información de programas públicos solicitada a Vania López González. La resolución no fue impugnada, causó estado y, hasta el 16 de octubre, el Ayuntamiento de Córdoba no demostró que hubiera entregado un solo documento.

La Dirección General de Transparencia y Protección de Datos Personales de la Contraloría General del Estado de Veracruz emitió un requerimiento contra el Ayuntamiento de Córdoba por no acreditar el cumplimiento de la resolución del expediente Ayunt2603148, derivado de la solicitud folio 950546126000278.

La información fue pedida directamente a Vania López González, hoy Regidora Novena (2026-2029) y ex Síndica Única (2022-2025), por su doble carácter.

El 10 de febrero de 2026 se solicitó, vía Plataforma Nacional de Transparencia, información desglosada de tres rubros: sus supuestos programas, entre ellos el programa “Sembrando Vida, Cosechamos Agua”, así como gestiones agropecuarias y proyectos alternativos.

En concreto, pidió presupuestos 2022-2026, estados de cuenta, facturas, comprobantes de gasto, convenios con instancias federales y estatales, transferencias de recursos, listas, actas constitutivas, minutas, comprobantes de entrega a Comités Ciudadanos Ambientales, padrón completo de productores cafetaleros beneficiarios, documentos de seguimiento, acuerdos firmados, oficios de gestión ante SADER, CONAFOR y SEDARPA, actas de reuniones, estudios técnicos de cosechas alternativas, padrones de beneficiarios, comprobantes de entrega e informes de avance.

La respuesta municipal llegó el 4 de marzo de 2026, mediante el oficio UT/COR/725/2026 de la Unidad de Transparencia y el oficio Reg.9/046/2026 firmado por Vania López González. En esencia, la Regidora Novena respondió que respecto de “Sembrando Vida, Cosechamos Agua” no localizó información porque correspondía a una administración pasada y que su labor como síndica fue “solo de vigilancia”; y que en materia agropecuaria apenas se realizan reuniones para nuevas gestiones. No entregó documento alguno.

El 5 de marzo de 2026 se interpuso recurso de revisión. Entre sus agravios señaló falta de exhaustividad, indebida declaración de inexistencia, omisión de información pública, respuesta evasiva y falta de clasificación. El 20 de agosto de 2026, la autoridad garante resolvió modificar la respuesta y ordenó al Ayuntamiento entregar la información requerida. La resolución fue notificada el 24 de agosto de 2026.

Y es que para los sujetos obligados, las resoluciones son vinculantes, definitivas e inatacables, por lo que la resolución causó estado. Sin embargo, al 16 de octubre de 2026, el Ayuntamiento de Córdoba no había acreditado cumplimiento alguno. El acuerdo de la autoridad señala que no obraba notificación, manifestación, promoción o documento suscrito por el Sujeto Obligado en el que se identificara el expediente. Es decir, el municipio no demostró que hubiera entregado la información ordenada.

Por ello, el Director General de Transparencia y Protección de Datos Personales requirió al Titular de la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Córdoba para que, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, informe y acredite el cumplimiento total de la resolución.

Recibe noticias y promociones de El Buen Tono
Recibe directamente en tu correo electrónico nuestras principales noticias, información y promociones de El Buen Tono.
Es gratis. Solo escribe tu correo y presiona Sign Up para suscribirte.

Tu información será utilizada únicamente para el envío de nuestras comunicaciones.
``` CANAL OFICIAL