JavaScript must be enabled in order for you to see "WP Copy Data Protect" effect. However, it seems JavaScript is either disabled or not supported by your browser. To see full result of "WP Copy Data Protector", enable JavaScript by changing your browser options, then try again.
PUBLICIDAD
publicidad
PUBLICIDAD

XALAPA.- Las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura del Estado aprobaron el Dictamen de Reforma a la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, que tiene como objeto disminuir los montos de las multas impuestas con motivo de las infracciones a la Ley en cuestión y su Reglamento, la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz publicó la cantidad que recibirá un infractor al hacerse acreedor de una multa de Tránsito, la cual se indicará por la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Una UMA equivale, desde el 1 de febrero de 2017, a 75.49 pesos, de acuerdo a la cantidad de UMA’s es el monto que el infractor deberá pagar por la multa impuesta.

Ejemplos determinados por aliento alcohólico, ebriedad y consumo de estupefacientes u otras sustancias tóxicas o psicotrópicas:

Conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes u otras sustancias tóxicas o psicotrópicas, clasificado como “muy grave”, se hará acreedor a una multa de 31 UMA’s, es decir, 2 mil 340.19 pesos.

Conducir en las vías públicas habiendo ingerido bebidas alcohólicas y dar positivo el resultado en el control o test de alcoholemia, superando el 0.40 (cero punto cuarenta), es decir, 0.41 (cero punto cuarenta y uno), en la sangre o aire espirado, se hará acreedor a una multa de 31 UMA’s, es decir, 2 mil 340.19 pesos.

En el caso de los ciclistas y motociclistas, se pueden hacer acreedores si llegan a cometer alguna infracción, a un pago de mil 207.84 pesos.

Los motociclistas que circulen entre los carriles de tránsito se harán acreedores a una multa de 16 UMA’s, es decir, mil 207.84 pesos; cuando circulen sobre banquetas, áreas exclusivas para peatones o personas con discapacidad, pagarán una multa de 31 UMA’s, es decir, 2 mil 340.19 pesos.

CANAL OFICIAL PUBLICIDAD