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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede multar a los contribuyentes con 3 a más de 9 mil pesos en caso de ser omisos en la consulta del buzón tributario.

El mecanismo de sanción busca incentivar la participación de la ciudadanía y hacerlo de manera constante, mediante la revisión de los buzones, para cumplimentar sus obligaciones fiscales.

De acuerdo con las modificaciones en el artículo 86-C y D del Código Fiscal de la Federación, que entraron en vigor el primer día de este año, es una infracción no habilitar el buzón tributario y quien cometa esta falta se le impondrá una multa.

Los montos de la sanción, previstos por las modificaciones del 8 de noviembre del año pasado, van de 3 mil 080 a 9 mil 250 pesos.

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