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Adriana Estrada

El buen tono

Córdoba.- Una multa de 3 mil a más de 10 mil pesos deberán pagar contribuyentes del Régimen Simplificado que no cuenten con su buzón tributario habilitado, de acuerdo a lo publicado en la página oficial del SAT sobre la segunda versión anticipada de la quinta resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2022.

El SAT determinó que en las obligaciones para permanecer en el nuevo régimen simplificado de confianza se debe contar con la e.firma y buzón tributario habilitado, plazo que venció el pasado 30 de junio, por lo que aquellos que no lo hicieron podrán ser acreedores a una sanción del sistema.

La determinación señala excepción de los contribuyentes que hayan obtenido ingresos por concepto de sueldos y salarios, así como de asimilados a salarios en el ejercicio inmediato anterior menores a  400 mil; sin embargo, en esta segunda versión anticipada se señala como fecha límite de activación el 30 de junio de 2022.

La segunda versión señala que aquellos que no hayan registrado y confirmado medios de contacto para habilitar su buzón tributario, o bien hubieran señalado un solo medio de contacto, ya sea un número de teléfono celular o correo electrónico como mecanismo de comunicación, debieron actualizar sus medios, de lo contrario de no activarse antes de que concluya 2022 se aplicará a una sanción.

El artículo 17 que señala que cuando el contribuyente no habilita su buzón tributario o señala medios de contacto, erróneos o inexistentes, o bien, no los mantiene actualizados, se entenderá que se opone a la notificación y la autoridad notifica conforme a lo señalado en el artículo 134, fracción III de este Código. Debido a esto se aplica el artículo 86 de donde establece una multa aplicable a quien comete la infracción relacionada con la no habilitación del buzón tributario, el no registro o actualización de los medios de contacto, conforme a lo previsto en el
artículo 86.

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