

Efraín Hernández
EL BUEN TONO
Córdoba, Ver.- En el ejercicio fiscal 2025, las deducciones personales para personas físicas se encuentran sujetas a un límite legal que impide incrementos automáticos en la devolución de impuestos, pese a que algunos contribuyentes creen que acumular más gastos deducibles se traduce en un mayor saldo a favor, situación que genera confusión y desinformación fiscal, señaló el contador público Guillermo Santos Martínez.
El especialista explicó que la ley establece que el monto máximo permitido para deducciones personales será el menor entre dos criterios: cinco veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual, equivalente a 206 mil 367.60 pesos, o 15 por ciento (%) de los ingresos anuales del contribuyente, incluyendo ingresos exentos.
“No importa cuántas facturas se presenten si se rebasa ese límite; el sistema solo reconoce el tope legal y no genera un beneficio adicional”, precisó Santos Martínez, al subrayar que esta disposición busca evitar abusos y mantener un control fiscal sobre las devoluciones.
Indicó que esta regulación tiene un impacto directo en la planeación financiera de los contribuyentes, ya que muchos realizan gastos con la expectativa de recuperar impuestos, sin considerar que la autoridad hacendaria aplica un candado que restringe el monto deducible reconocido.
