AGENCIA
Michoacán.- La Fiscalía General del Estado de Michoacán cumplimentó el pasado miércoles una orden de aprehensión contra una mujer identificada como Cristina “N”, por su probable responsabilidad en el delito de ataques al honor a través de medios cibernéticos. Se trata del primer caso en la entidad en el que se ejecuta una orden de este tipo por publicaciones realizadas en redes sociales.
De acuerdo con la Fiscalía, la persona afectada es un servidor público del municipio de Nuevo Parangaricutiro. La investigación se originó a partir de diversas publicaciones difundidas desde perfiles y grupos en redes sociales, en las que se habrían emitido expresiones que, según la autoridad, encuadran en el delito previsto en el Código Penal estatal.
Las indagatorias estuvieron a cargo de personal especializado de la Unidad de Investigación y Persecución de Delitos a Través de Medios Cibernéticos, en coordinación con la Dirección de Policía Cibernética, quienes realizaron un análisis técnico y jurídico para rastrear el origen de las publicaciones. Este trabajo permitió identificar a la persona que administraba el perfil digital desde el cual se difundieron los contenidos señalados.
Con los datos de prueba recabados, la Fiscalía presentó el caso ante un Juez de Control, quien autorizó la orden de aprehensión. Posteriormente, agentes investigadores ejecutaron el mandato judicial y pusieron a la detenida a disposición de la autoridad correspondiente, quien determinará su situación jurídica.
La detención generó una reacción inmediata en redes sociales y entre especialistas en derecho, quienes han centrado el debate en los límites entre la libertad de expresión y la comisión de un delito. El punto de mayor preocupación es que no se trata de amenazas, violencia física ni extorsión, sino de expresiones vertidas en plataformas digitales, lo que ha reavivado la discusión sobre el uso del derecho penal para sancionar la crítica, especialmente cuando se trata de funcionarios públicos.
Este caso se da en un contexto nacional en el que se han registrado situaciones similares, como las recientes detenciones de comunicadores y ciudadanos en Puebla y Veracruz, lo que ha encendido alertas entre organizaciones defensoras de la libertad de expresión.
La base legal de la detención se encuentra en el Artículo 192 del Código Penal de Michoacán, el cual tipifica los delitos contra el honor, como la calumnia y la injuria, cuando afectan la reputación de una persona ante terceros, particularmente si se emplean medios de difusión. A diferencia de otras entidades del país y del ámbito federal, donde estos conflictos suelen resolverse por la vía civil mediante demandas por daño moral, en Michoacán esta figura penal continúa vigente.
Especialistas han advertido que la redacción del artículo es amplia, lo que podría dar margen a interpretaciones que limiten la crítica pública, la protesta social o el ejercicio periodístico legítimo.
El caso de Cristina “N” sienta un precedente en Michoacán al ser la primera orden de aprehensión ejecutada por este delito vinculado a expresiones en redes sociales. Más allá de la resolución judicial que se emita, el proceso ha abierto una discusión de fondo sobre los alcances de la libertad de expresión, el derecho a la crítica y la protección del honor en la era digital, cuyos efectos podrían marcar la aplicación futura de esta norma en el estado.
¡Censura y mordaza a favor de los delincuentes de ‘cuello blanco’! ¡Si los que más hacen eso es el mismo gobierno en turno!
Lo que es tener dinero para fastidiar a los ciudadanos comunes, pero a los verdaderos criminales hasta de abrazo los traen.


