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AGENCIA

CDMX.- La Ley de Protección Animal de la Ciudad de México ha experimentado modificaciones con el objetivo de salvaguardar el bienestar de las mascotas y animales de compañía. Entre las principales enmiendas destacan la obligatoriedad de inscribir a los animales en un registro, la acreditación de vacunación o datos en caso de pérdida, y la inscripción de paseadores de perros.

El jefe de Gobierno de la CDMX, Martí Batres, informó a los medios que estas modificaciones profundizan y detallan el compromiso tanto del pueblo como del Gobierno capitalino con los animales que forman parte del hábitat urbano y rural.

Las enmiendas, publicadas el pasado 27 de marzo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, buscan una visión más integral para la salud animal, la salud pública y el fortalecimiento de una tutela más responsable.

Batres explicó que las reformas establecen las obligaciones hacia los animales de compañía, como garantizar su bienestar, prevenir el maltrato y asegurar los cinco dominios del bienestar animal: nutrición, ambiente, salud, comportamiento y estado mental.

Asimismo, la legislación detalla los mecanismos para atender a los animales extraviados y garantizar que aquellos sin hogar encuentren una tutela responsable. También regula el trato a especies animales no domésticas o silvestres.

Una de las novedades es la creación del Registro Único de Animales de Compañía de la Ciudad de México (RUAC-CDMX), que recopilará datos de identificación del animal y su tutor para una mejor gestión y atención. El registro se llevará a cabo durante la adquisición o adopción de un animal o durante campañas de vacunación y esterilización.

Además, se introduce el concepto de “Paseador de perros”, definido como la persona contratada por el tutor para proporcionar paseos con fines de esparcimiento a uno o más perros a cambio de una remuneración económica.

La ley también reconoce la eutanasia como procedimiento gestionado por las alcaldías, asegurando que se aplique únicamente en casos justificados y garantizando que no cause dolor ni ansiedad al animal, prohibiendo su aplicación en animales sanos.

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