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Exhibe INE a tres alcaldes

Superiberia
  • Por violencia política
  • Son los presidentes de Altotonga, Alto Lucero y de Chinampa de Gorostiza los que incurrieron en este delito
  • ERNESTO RUIZ FLANDES, de Altotonga; Javier Castillo Viveros, de Alto Lucero de Gutiérrez Barrios y Lázaro Avendaño Parrilla, de Chinampa de Gorostiza, son los alcaldes señalados de violencia política de género.

XALAPA.- El Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS), del Instituto Nacional Electoral (INE), ya exhibe a tres Alcaldes veracruzanos condenados por los órganos jurisdiccionales por incurrir en este
delito.
Con fecha de corte al 6 de febrero, el catálogo alojado en la dirección electrónica https://www.ine.mx/actores-politicos/registro-nacional-de-personas-sancionadas/, muestra a los munícipes de Altotonga, Ernesto Ruiz Flandes; de Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, Javier Castillo Viveros y de Chinampa de Gorostiza, Lázaro
Avendaño Parrilla.
Cabe recordar que estos ediles no podrán buscar un nuevo cargo de elección popular durante el tiempo en que sus nombres aparezcan en el registro, por lo que su carrera política quedó truncada al demostrarse que no tienen un “modo honesto de vivir”, con la violencia ejercida en contra de otras funcionarias de los referidos
ayuntamientos.
En el caso de Ruiz Flandes, su nombre estará inscrito hasta el 21 de enero de 2027, tal como lo resolvió el Organismo Público Local Electoral (OPLE), luego de que el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), lo condenara en 4 ocasiones por obstaculizar el ejercicio del cargo a la regidora quinta María Elena
Baltazar Pablo.
Lo anterior, al confirmarse que ha sido una conducta reiterada por parte de dicho Alcalde el convocarla indebidamente y no otorgarle la documentación necesaria para las sesiones de Cabildo.
Por su parte, Castillo Viveros fue condenado por el TEV e inscrito en el catálogo por seis años (hasta el 14 de enero de 2027), al violentar políticamente a la síndica única, María Griselda Mora Fernández, con no pagarle sistemáticamente las remuneraciones a las que tiene derecho por ejercer esta función
pública.
Asimismo, por no convocarla de manera debida a las sesiones de Cabildo, no atender su derecho de petición y no permitirle grabar una
sesión pública de
Cabildo.
En otras palabras, los magistrados sostuvieron que él impidió ejercer la función de mayor relevancia que por ministerio de la Constitución y la Ley tiene encomendado un Edil al interior de su Cabildo.
En relación con Avendaño Parrilla, su nombre estará exhibido hasta el 21 de enero de 2025, al ejercer violencia política en contra de la síndica única, Ana María Garcés García.
El pasado 9 de noviembre, los togados del TEV declararon fundada la omisión de la máxima autoridad del Ayuntamiento de Chinampa de Gorostiza de pagarle oportunamente las remuneraciones por su
trabajo.
Este funcionario redujo las remuneraciones de la Síndica, le impuso donar el 50 por ciento del salario, le omitió el pago de aguinaldo de 2018 y 2019, así como de la quincena correspondiente al 15 de mayo de 2020; le ocultó información e hizo señalamientos públicos discriminatorios y retenciones de impuestos y despidió injustificadamente a su auxiliar.
En el catálogo también fue registrado por cinco años (hasta el 5 de junio de 2026), el dueño del Diario de Acayucan, La Voz de la Gente, José Lorrimer Álvarez Peña, al escribir y reconocer la publicación de piezas periodísticas que denigraron y descalificaron a la diputada local Mónica Robles Barajas, en el ejercicio de su función política.
Según el TEV, las publicaciones “¡Mónica Robles narcotraficante! …” y “Mónica Robles, posesiva y perversa, Parte ll …”, de los días 11 y 12 de noviembre se basaron en estereotipos de género que menoscabaron su imagen pública al no encontrar respaldo en la libertad de expresión con el que cuentan los medios de comunicación.
En cuanto al “Editorial” del día 26 siguiente con la expresión “Perdón flor, te pisé”, se reiteró la violencia política en razón de género cometida en su contra.  

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