JavaScript must be enabled in order for you to see "WP Copy Data Protect" effect. However, it seems JavaScript is either disabled or not supported by your browser. To see full result of "WP Copy Data Protector", enable JavaScript by changing your browser options, then try again.
PUBLICIDAD
publicidad
PUBLICIDAD

Ayuntamiento vulnera la Ley Federal del Trabajo

De la redacción
El Buen Tono

Exponen explotación laboral en cobro de predial en Orizaba

Orizaba, Ver.- Bajo la complacencia del Ayuntamiento de Orizaba, en los módulos de cobro del impuesto predial se viola abiertamente la Ley Federal del Trabajo, en particular la Ley Silla, al obligar a trabajadores eventuales a permanecer de pie por más de 13 horas diarias, sin sillas, sin pausas y sin condiciones mínimas de descanso, configurando un esquema de explotación laboral institucionalizada en plena temporada de alta recaudación municipal.

A través de una denuncia ciudadana, una madre de familia expuso el trato que reciben estos empleados, señalando que desde el 5 de enero fueron citados a las 5:30 horas para laborar hasta las 19:00 horas de la noche, permaneciendo de pie durante más de 13 horas diarias, sin horario formal para comer y sin espacios adecuados para descansar.

De acuerdo con el testimonio, los trabajadores permanecen a la intemperie, soportando el frío, sin que el Ayuntamiento les proporcione abrigo, pausas o condiciones mínimas de higiene. La comida que en ocasiones se les lleva ha llegado en mal estado al menos en tres ocasiones, representando un riesgo directo a su salud.

Además, se les ha obligado a laborar sábados y domingos sin que hasta el momento se les haya pagado, bajo la promesa ambigua de que “al final se hará un ajuste”, versión atribuida a la contadora Maribel, sin contratos claros ni fechas definidas de pago. Incluso, al no ser personal de base, deben pagar cinco pesos cada vez que usan el baño, una práctica humillante e ilegal.

La denunciante subrayó que el Ayuntamiento se negó a formalizar contratos por tres meses, pese a que el trabajo se extiende hasta marzo, cuando se realiza el cierre administrativo. Los trabajadores permanecen en una situación de total vulnerabilidad, obligados a aceptar estas condiciones por necesidad y por la falsa expectativa de ser recontratados.

Estas prácticas contravienen directamente la Ley Federal del Trabajo. Los artículos 61, 66 y 68 establecen que la jornada diurna no puede exceder las 8 horas, y las horas extra deben pagarse al doble, con un límite máximo de 9 horas semanales. Jornadas de más de 13 horas sin pago adicional constituyen explotación laboral.

Asimismo, se incumple la llamada “Ley Silla”, reforma federal publicada en 2024 y exigible para entes públicos, que obliga a proporcionar asientos con respaldo para trabajadores que atienden al público. También se violenta el artículo 132 de la LFT, que obliga al patrón a garantizar condiciones de seguridad, higiene y salud, lo que incluye protección ante bajas temperaturas y alimentos en condiciones adecuadas.

CANAL OFICIAL PUBLICIDAD

close