

De la redacción
El Buen Tono
Luego de que el gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, solicitó licencia y esta fuera aprobada por el Congreso estatal, el coordinador general de Política y Gobierno de Presidencia, Arturo Zaldívar, aclaró públicamente que un funcionario que deja temporalmente el cargo ya no conserva la inmunidad procesal conocida como “fuero”.
La explicación también surge tras la licencia solicitada por el alcalde de Culiacán, Juan de Dios Gámez Díaz, en medio del debate sobre las implicaciones legales de separarse de un cargo de elección popular.
A través de redes sociales, el ministro en retiro señaló que existe información incorrecta respecto a que gobernadores o presidentes municipales con licencia continúan protegidos por el llamado “fuero”.
“La inmunidad procesal, mal llamada ‘fuero’, es una garantía de cierta categoría de servidores públicos para evitar que sean procesados penalmente sin que la Cámara de Diputados emita una declaratoria de procedencia”, explicó Zaldívar.
Añadió que dicha protección aplica únicamente mientras la persona ejerce el cargo público, por lo que al solicitar licencia deja de contar con esa inmunidad.
“El ‘fuero’ protege a la función, no a la persona. Quien obtiene una licencia ya no ejerce la función, por tanto, puede ser detenida como cualquier persona, pues ya no goza de la inmunidad procesal”, afirmó.
Zaldívar también indicó que existen precedentes del Poder Judicial Federal que respaldan esta interpretación.
El tema ha generado discusión nacional luego de que Rubén Rocha Moya se separara temporalmente del cargo, en un contexto marcado por señalamientos y cuestionamientos políticos que han puesto nuevamente sobre la mesa el alcance legal del llamado “fuero” en México.
