JavaScript must be enabled in order for you to see "WP Copy Data Protect" effect. However, it seems JavaScript is either disabled or not supported by your browser. To see full result of "WP Copy Data Protector", enable JavaScript by changing your browser options, then try again.
PUBLICIDAD
publicidad
PUBLICIDAD

AGENCIA

Ciudad de México.- Este día fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Reglamento de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano, con el que se pone en marcha un nuevo sistema nacional de vigilancia, control e interceptación aérea en el país.

El ordenamiento establece un monitoreo permanente del espacio aéreo, mecanismos de alerta temprana y protocolos específicos para detectar vuelos irregulares, no autorizados o clandestinos, con el objetivo de fortalecer la seguridad nacional y proteger la vida de los pasajeros en territorio, mares y fronteras.

Mayor control a vuelos y drones

Las nuevas disposiciones endurecen la supervisión sobre vuelos comerciales y privados, helicópteros, aeronaves deportivas y drones. Se busca cerrar el paso a operaciones ilegales y reforzar la coordinación entre autoridades civiles y militares.

El reglamento crea el Consejo Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo, instancia encargada de coordinar decisiones estratégicas en materia de control y seguridad aérea. Este órgano definirá políticas, protocolos y acciones, sesionará de forma ordinaria y extraordinaria, podrá convocar a especialistas civiles del sector aeronáutico y deberá mantener confidencialidad absoluta en asuntos relacionados con la seguridad nacional.

Centro Nacional operará 24 horas

El documento también fortalece las funciones del Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo, que fungirá como núcleo técnico y operativo del sistema.

Este centro será responsable de monitorear el espacio aéreo las 24 horas del día, vigilar vuelos con origen, destino o tránsito por México, detectar aeronaves irregulares y activar alertas inmediatas ante posibles riesgos.

Zonas estratégicas y defensa aérea

El reglamento establece la creación de Zonas de Vigilancia y Protección (ZVP) y Zonas de Identificación de Defensa Aérea (ADIZ) en regiones estratégicas.

Las ZVP podrán activarse durante eventos presidenciales, visitas de jefes de Estado, en zonas con alta incidencia de vuelos ilegales o en áreas consideradas estratégicas.

Las ADIZ funcionarán como franjas permanentes de control en fronteras y costas, particularmente en el Golfo de México y el Pacífico, con el fin de detectar amenazas antes de su ingreso al territorio nacional.

Clasificación de riesgos

El sistema integrará radares terrestres y aéreos, vigilancia desde buques de la Marina, sistemas civiles de navegación aérea e intercambio de información con otros países, lo que permitirá localizar e identificar aeronaves en tiempo real.

Los eventos serán clasificados en tres niveles:

*Traza de interés, cuando exista un comportamiento irregular que amerite seguimiento preventivo.

*Vuelo no autorizado, en caso de aeronaves sin plan de vuelo o con violaciones al reglamento, susceptibles de interceptación.

*Vuelo clandestino, cuando la operación sea deliberadamente oculta o evasiva, lo que activará un operativo total y posibles consecuencias penales.

Interceptación aérea como último recurso

El reglamento regula formalmente la interceptación aérea, facultando a la Fuerza Aérea Mexicana para desplegar aeronaves interceptoras a fin de verificar identidad, establecer comunicación, ordenar corrección de ruta o solicitar aterrizaje inmediato cuando exista riesgo para la seguridad nacional.

La interceptación será considerada una medida de último recurso y deberá aplicarse bajo protocolos estrictos y supervisión permanente.

Impacto en sectores

Las nuevas disposiciones implicarán mayor vigilancia y respuesta más rápida ante emergencias para pasajeros; controles más estrictos y planes de vuelo detallados para aeronaves privadas y pequeñas; regulación más severa para drones en zonas sensibles; y reforzamiento de protocolos en aeropuertos ante aterrizajes irregulares.

El Reglamento de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF. Además, se establece que en un plazo máximo de un año deberá emitirse el Manual de Operación del Centro Nacional de Vigilancia, y las dependencias federales deberán ajustar sus normas internas conforme al nuevo marco legal.

CANAL OFICIAL PUBLICIDAD

close