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DE LA REDACCIÓN
EL BUEN TONO

Córdoba. – En cuestión de días, la regidora quinta Nayibe Sacre González, recibió dos golpes políticos que difícilmente podrá presumir en redes. Primero, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) declaró inexistente la infracción que denunció por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género contra los medios de comunicación. En su resolución del 26 de agosto, el órgano determinó que las publicaciones cuestionadas correspondían a expresiones críticas sobre su desempeño como funcionaria y trayectoria política, protegidas por la libertad de expresión y el ejercicio periodístico.
El fallo también abordó las referencias al vínculo familiar de Sacre con Félix Emilio Sacre Luna y concluyó que éstas se realizaron dentro de un contexto de participación política de ambos. Es decir, lo que la edil pretendió llevar al terreno de violencia de género terminó siendo considerado por el Tribunal como parte del debate y la crítica relacionados con su actividad pública. El revés llega justo cuando la regidora ha intentado convertir cuestionamientos políticos en una batalla jurídica, pero el TEV le recordó que ocupar un cargo público también implica estar expuesta a la crítica.
El segundo golpe aparece en el área donde Nayibe Sacre es comisionada: el Centro de Bienestar Animal. El cotejo entre el boletín municipal y la documentación entregada vía Transparencia, mediante el folio 950546126000695, exhibe diferencias sobre la forma en que se realizaron trabajos que incluyeron 213 metros cuadrados de tabique, 420 de aplanado y 525 de pintura. En el oficio OP/2026/0666, Obras Públicas clasificó los trabajos como “acciones de mantenimiento y adecuación” y sostuvo que no fueron ejecutados bajo la modalidad de Obra Pública, pese a que el Ayuntamiento los presentó públicamente como una rehabilitación integral.
Y todavía falta la parte financiera: los documentos identifican seis operaciones que suman 300 mil 442.53 pesos, entre servicios de construcción, cemento, madera, grava y malla ciclónica. Además, se señalan inconsistencias en la secuencia administrativa de los pedidos de compra 40487 y 40488 y la documentación de la constructora.

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