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De la Redacción

El Buen Tono

Córdoba.- Un complejo entramado legal que se extiende por más de 15 años ha puesto bajo severo escrutinio el actuar del licenciado Carlos Javier Limón Sánchez, titular de la Notaría Pública Número 24 de esta demarcación. En el centro de la controversia se encuentra la formalización de una donación de bienes inmuebles que, de acuerdo con la parte acusadora, constituye un acto de simulación para consumar un enriquecimiento ilegítimo y evadir el pago de una sentencia condenatoria. 

El conflicto se remonta a 2010, cuando Jorge Ignacio Sandoval Castillo suscribió seis pagarés a favor de Laura “N” por más de 3.4 millones de pesos. Tras el incumplimiento, Sandoval promovió un juicio ejecutivo mercantil (896/2014) y obtuvo sentencia favorable, pero un amparo determinó que la vía no era la idónea y se levantó el embargo que pesaba sobre los inmuebles de la deudora. Ante esto, interpuso una demanda ordinaria civil (2008/2025) por enriquecimiento ilegítimo.

El punto de quiebre ocurrió el 30 de mayo de 2018. Apenas unos meses después de que se levantara el embargo, la deudora acudió ante el Notario 24 para donar sus propiedades a sus hijos y cónyuge mediante el instrumento 11,711, transmitiendo la nuda propiedad y reservándose el usufructo vitalicio. Para los abogados de Sandoval, es una simulación absoluta: la donación carece de causa real, no hubo desplazamiento material del bien y se realizó para sustraer el patrimonio y no pagar la deuda.

“Ella hizo la donación para deshacerse del inmueble y evitar que se pudiera embargar. Buscamos la nulidad absoluta del acto jurídico”, señaló el demandante.

La rapidez con la que se otorgó y registró la escritura contrasta con la lentitud de la justicia para hacer efectivo un derecho de crédito reconocido. Sandoval afirma que está en juego la herencia de sus hermanos: “Llevo 15 años en esto. Esta señora era comadre de mi papá; puedo acreditar su confesional donde reconoce la deuda”.

El proceso por la nulidad de la donación y el juicio por enriquecimiento ilegítimo están en apelación en el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil. De no obtener resolución favorable, agotará el amparo. “Es mi última opción para poderle cobrar a esta señora”, concluyó.

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