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Efraín Hernández

El Buen Tono

Córdoba.- La reciente promulgación de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial introduce cambios significativos en la forma en que se regula el tránsito en México, con un enfoque firme en la prevención de accidentes y la protección de la vida de los ciudadanos. Según el Artículo 49 de la ley, tanto la Federación como las entidades federativas y los municipios están obligados a incorporar en sus reglamentos de tránsito medidas mínimas específicas, con el objetivo de garantizar una movilidad segura y eficaz.

Asimismo, la ley introduce requisitos rigurosos en cuanto a las pruebas de alcoholemia. Conducir con una alcoholemia superior a 0.25 mg/L en aire espirado o 0.05 g/dL en sangre será ilegal, con restricciones aún más estrictas para motociclistas y vehículos de transporte. Para las motocicletas, el límite es de 0.1 mg/L en aire espirado o 0.02 g/dL en sangre, y para los vehículos de transporte, se prohíbe cualquier cantidad de alcohol.

Estas nuevas medidas representan un paso importante hacia una mayor seguridad vial en México, exigiendo a las autoridades locales adaptar sus reglamentos y aplicar sanciones severas a quienes incumplan las normativas. La implementación efectiva de estas disposiciones será crucial para reducir los accidentes de tránsito y proteger a todos los usuarios de las vías.

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