De la redacción
El Buen Tono
Cada año, el anuncio del incremento al salario mínimo en México genera expectativas entre millones de trabajadores que esperan ver reflejado ese ajuste en su ingreso mensual. Sin embargo, la realidad legal y laboral es distinta a lo que muchos suponen: que el aumento al salario mínimo no implica, de forma automática, un incremento generalizado en todos los sueldos.
Especialistas de la Universidad Iberoamericana explican que la mayoría de los aumentos salariales no están directamente ligados al salario mínimo, sino a procesos de negociación contractual y a la inflación esperada. En la práctica, empresas y sindicatos revisan contratos colectivos para definir incrementos salariales y de prestaciones, tomando como referencia principalmente el comportamiento inflacionario y no el ajuste decretado por el gobierno al Salario Mínimo General.
Esta diferencia se vuelve más evidente cuando se comparan cifras. Mientras algunos sindicatos han planteado aumentos cercanos al 7 por ciento para 2026, el salario mínimo tendrá un incremento del 13 por ciento, lo que marca una brecha entre quienes ganan el mínimo y quienes perciben un ingreso superior.
La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 90, define el salario mínimo como la cantidad menor que debe recibir una persona trabajadora por una jornada laboral, la cual debe ser suficiente para cubrir necesidades básicas y garantizar condiciones dignas. La legislación contempla dos tipos: el Salario Mínimo General, fijado por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, y el Salario Mínimo Profesional, aplicable a oficios, profesiones y actividades específicas.
El punto clave es que solo quienes ganan exactamente el salario mínimo están protegidos de manera directa por los incrementos autorizados por la CONASAMI. Cuando un trabajador percibe un ingreso superior, aunque sea por una diferencia mínima, su salario deja de considerarse mínimo y ya no está sujeto a incrementos automáticos.
Un ejemplo claro es el escenario de 2026: si el salario mínimo será de 315.04 pesos diarios y una persona gana 316 pesos, su ingreso ya no entra en la categoría de salario mínimo, pese a que la diferencia sea de apenas unos centavos. Esta condición explica por qué el aumento al salario mínimo no se traduce necesariamente en un ajuste general para toda la base trabajadora.


