De la redacción
El Buen Tono
Cotaxtla.- La clausura de dos módulos de la granja San Antonio en este municipio se suma a una serie de incumplimientos ambientales de la empresa; en octubre de 2025 en la zona de Playa Dorada, Amatlán, registró algo similar, lo que evidencia una reincidencia en operaciones sin los permisos ambientales federales correspondientes.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), aplicó hace unos días un cierre parcial y temporal sobre los espacios conocidos como “Covadonga 1 y 2”, en Cotaxtla.
La razón fue la misma que en el antecedente de Playa Dorada: la empresa se vio imposibilitada para acreditar la autorización de impacto ambiental que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Tampoco presentó los permisos de cambio de uso de suelo, lo que agravó la irregularidad desde el punto de vista normativo.
El historial de la avícola revela un comportamiento que dista de ser accidental.
En octubre de 2025, la Profepa intervino una granja del mismo grupo en Amatlán por carecer de los permisos federales correspondientes.
Aquella vez, como ahora, operaba con normalidad mientras mantenía pendiente la regularización ante la autoridad ambiental.
Esa secuencia refleja que la avícola incurre en una práctica sostenida, es decir, operar primero y regularizar después, si acaso.
El modus operandi resulta especialmente llamativo porque combina dos conductas que la ley impide separar. Por un lado, realiza sus operaciones productivas sin contar con la autorización de Semarnat, lo que constituye una falta de fondo.
Por otro, omite los permisos de cambio de uso de suelo, un requisito que tampoco es opcional cuando se trata de predios con las dimensiones del intervenido, que es de 79.9956 hectáreas en total.
De esa superficie, cerca de 7.2 albergan galeras e infraestructura, mientras el resto funciona como área de amortiguamiento. Contar con licencia de uso de suelo y construcción municipal, como ocurrió en esta ocasión, no cubre esas exigencias.
La reincidencia tiene implicaciones que superan lo administrativo. Cuando una empresa acumula clausuras por las mismas causas en distintos predios y en un lapso relativamente corto, el mensaje que envía al resto del sector es que las sanciones carecen de un costo real.
El cierre parcial y temporal opera como medida cautelar mientras se desahoga el procedimiento, pero si los responsables se niegan a enfrentar consecuencias mayores, la irregularidad se vuelve parte de su modelo de operación, manifestaron ecologistas de la zona.
Para las autoridades ambientales, el caso representa un desafío de seguimiento y sanciones legales.
Es insuficiente con clausurar una y otra vez los mismos módulos si el resultado final es que la empresa retoma sus actividades sin haber regularizado su situación.
La Profepa deberá determinar, dentro de los plazos legales, si procede exigir la regularización, imponer multas u otras sanciones previstas en la legislación.
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