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Se adueña Diez de la vía pública

Superiberia

Orizaba.- Basadas en el Reglamento de Comercio municipal, autoridades municipales  recordaron a las canasteras que todas las zonas periféricas de los mercados en la ciudad están prohibidas para ejercer el comercio ambulante, dado que así lo estipula el artículo 157, por tanto no hay tal atropello a sus derechos.

 

Pero además, están vedadas todas las áreas que el Cabildo determine, siendo así, se trata de al menos 40 manzanas las que conforman el Centro Histórico donde es ilegal ejercer el ambulantaje, esa es la razón de los apercibimientos y decomiso de mercancías, explicaron las fuentes.

 

Remarcaron que la situación es así porque en el perímetro al que se hace referencia, se encuentran monumentos y edificios históricos de Orizaba que se construyeron entre los siglos XVI al XIX.

 

Añadieron que de igual modo, la reglamentación abarca todos aquellos espacios de jardinería, explanadas o plazoletas públicas, áreas verdes, parques, banquetas, camellones y espacios externos de las instituciones de salud, de servicio público, así como iglesias, templos, escuelas y centros de trabajo. 

 

Delimitan  espacios

 

También les marcan una zona general, que son las calles que no se encuentran comprendidas en las zonas, áreas y delimitaciones mencionadas, los vendedores semifijos que soliciten autorización para comercializar sus productos, deberán tener previamente la autorización de la Delegación de Tránsito mediante oficio certificado porque lo exige el reglamento, y así justifica el hecho que no hay permisos, que la estancia y trabajo de los ambulantes es ilegal.

 

Para que tenga efecto esta disposición, no podrán instalarse dentro de los ocho metros que se encuentran señalizados en las esquinas, ya que son áreas de paso peatonal; tampoco podrán colocarse en aceras donde no existan áreas de estacionamiento, ni en lugares destinados para personas discapacitadas.

 

El artículo 164, es claro al indicar que los giros permitidos para vendedores ambulantes siempre y cuando respetan la normatividad expresa, son globos, juguetes artesanales, matracas y silbatos, entre otros; artesanías, flores, golosinas típicas y charales en canasta.

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