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SIN FRENO HIDROSISTEMA ANTE COBROS ARBITRARIOS

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De la Redacción
El Buen Tono

Córdoba, Ver.- El organismo operador de agua Hidrosistema está aplicando cobros a los usuarios que carecen de sustento en la ley que dice seguir. Aunque la paramunicipal invoca los artículos 69 y 75 de la Ley de Aguas para justificar sus acciones, una revisión de dichos artículos muestra que no contienen disposición alguna que autorice el establecimiento de tarifas arbitrarias o cobros punitivos.

Un reciente caso documentado es de una usuaria que recibió un cobro de 17,837 pesos, monto que contrasta radicalmente con los aproximadamente 200 pesos que solía pagar mensualmente por su consumo de agua. Este caso concreto ejemplifica la política de cobros que la paramunicipal está aplicando a los usuarios.

La base legal que Hidrosistema invoca para estas acciones son los artículos 69 y 75 de la Ley de Aguas. Sin embargo, el artículo 69 se limita a establecer la obligatoriedad de instalar medidores y colocarlos en un lugar accesible. Por su parte, el artículo 75 enumera las causales para suspender el servicio, pero ninguna de estas disposiciones autoriza la imposición de un cobro fijo o una multa específica por tener el medidor dentro del predio.

Además, ninguno de los dos fundamenta la imposición de un cobro fijo por 41 metros cúbicos a usuarios con medidor interno. Esta medida fue acordada internamente por el Órgano de Gobierno de Hidrosistema en su sesión del 11 de septiembre de 2025. Entre los integrantes que avalaron esta medida se encuentran la regidora Georgina Andrea Aguilar Sánchez; el regidor Jonathan Rosas Blanco; el Contralor Municipal Lauro Ramos Olmos; y el representante de los usuarios Alberto Mario García López. La directora general de la paramunicipal, María del Rosario Palafox Aguilera, también forma parte de este órgano.

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