

AGENCIA
Nacional.- El uso de la plataforma digital “Tu Juez Laboral” por parte del juez federal en materia laboral Antonio Ordóñez Serna ha generado señalamientos sobre un posible conflicto de interés, debido a la promoción de cursos privados con cobros dirigidos a una cuenta bancaria vinculada a una firma legal.
De acuerdo con la información difundida, el juzgador ofrece espacios de capacitación jurídica dirigidos a litigantes y público interesado, utilizando como principal argumento su experiencia en el sistema de justicia laboral y su actual función dentro del Poder Judicial de la Federación.

La oferta se realiza a través de una plataforma que destaca su papel como juez en activo, lo que ha abierto cuestionamientos sobre el uso de su investidura para fines comerciales, al promover cursos que prometen formación basada en la práctica jurisdiccional.
Uno de los puntos más sensibles del caso es el mecanismo de cobro, ya que los pagos no se canalizan a través de una institución académica o entidad pública, sino a una sociedad privada identificada como ZER Legal Society S.C., vinculada a un despacho que ofrece servicios jurídicos en materia laboral, civil y administrativa.
Esta situación ha generado dudas sobre la posible relación entre la actividad formativa y la prestación de servicios legales a clientes que podrían estar involucrados en litigios dentro del mismo ámbito en el que el juez ejerce funciones.
Especialistas en derecho han señalado que, conforme a los principios que rigen al Poder Judicial de la Federación, los jueces deben evitar cualquier actividad que pueda comprometer su imparcialidad, independencia o generar beneficios económicos derivados de su cargo.
Si bien la ley permite que los servidores públicos participen en actividades académicas, estas deben realizarse bajo criterios de transparencia, sin fines de lucro indebido y sin utilizar su posición para obtener ventajas económicas o influir en terceros.
En ese sentido, el caso abre un debate sobre los límites éticos y legales de la actividad privada de los juzgadores, particularmente cuando existe una posible vinculación entre su función jurisdiccional y actividades comerciales que involucran a actores del mismo ámbito jurídico.
Hasta el momento, no se ha informado de una postura oficial por parte de las autoridades judiciales sobre este caso, el cual podría derivar en una revisión por parte de los órganos de control interno para determinar si existe alguna falta administrativa o violación a la normativa vigente.
