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SCJN determina que trabajadores del IMSS no podrán recibir pensión de jubilación y pensión de vejez al mismo tiempo

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AGENCIA

Nacional.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución que fija un criterio relevante para los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al establecer que no podrán recibir simultáneamente la pensión de jubilación y la pensión de vejez. El máximo tribunal concluyó que ambas prestaciones forman parte del mismo derecho económico y, por ello, no pueden otorgarse como beneficios independientes.

El fallo aclara que esta determinación no es aplicable de manera general a todos los afiliados al Seguro Social, sino únicamente a quienes, además de cotizar como asegurados, laboran directamente para el IMSS. En estos casos, la institución -en su calidad de patrón- únicamente deberá cubrir, cuando corresponda, la diferencia económica entre ambas prestaciones, evitando cualquier duplicidad.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa, encargada de presentar el proyecto, sostuvo que la resolución no vulnera los derechos laborales ni de seguridad social del personal del IMSS. Señaló que la pensión de jubilación otorgada bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) ya integra beneficios equivalentes a los de la pensión de vejez, por lo que liquidar ambas de forma separada implicaría un doble pago no previsto por la ley.

¿Por qué la Corte concluye que no hay afectación a derechos?

La SCJN explicó que el RJP del IMSS es un régimen extralegal que brinda una protección superior a la establecida en la Ley del Seguro Social. Este esquema, incorporado en el Contrato Colectivo de Trabajo del IMSS y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), contempla jubilaciones por años de servicio que ya incluyen la pensión de vejez, así como ayudas asistenciales y asignaciones familiares.

El tribunal resolvió que, dado que el RJP ya integra los beneficios de la pensión de vejez y supera lo previsto por la legislación de seguridad social, otorgar ambas prestaciones simultáneamente representaría una duplicidad injustificada. La decisión, enfatizó la Corte, no elimina derechos, sino que evita un doble pago que la normativa vigente no contempla.

¿Y por qué a los gobernadores, presidentes y los de la SCJN si les pagan pensión y por seis años? En cambio a los trabajadores normales para jubilarse o pensionarse tienen que trabajar hasta 30 años, pero sin recibir la la misma cantidad de dinero, es decir, los de gobierno reciben 150 mil pesos, en cambio los trabajadores comunes reciben 3 mil 500 pesos.

¿Los trabajadores de Telmex ,CFE, ferrocarriles, y no cuántos más reciben dos pensiones?

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