AGENCIA
Ciudad de México.– La decisión de declarar privada la audiencia inicial de Fausto Corrales Rodríguez, acusado por la Fiscalía General de la República (FGR) de falsedad de declaraciones ante autoridades de procuración de justicia y encubrimiento en el homicidio de Héctor Melesio Cuén, genera cuestionamientos sobre la transparencia con la que se está desarrollando uno de los casos más relevantes derivados de los acontecimientos del 25 de julio de 2024.
El juez de control Mario Elizondo Martínez determinó que representantes de los medios de comunicación y público asistente abandonaran la sala, luego de que la FGR argumentara que la diligencia podría involucrar información relacionada con la seguridad nacional y con otras investigaciones que permanecen abiertas.
La defensa de Corrales estuvo de acuerdo con que la audiencia se realizara a puerta cerrada. Sin embargo, la determinación impide que, al menos por ahora, se conozcan públicamente los datos de prueba y los argumentos que la Fiscalía pretende utilizar para sustentar sus acusaciones.
La situación resulta particularmente relevante debido a que Corrales es considerado por la propia autoridad como una pieza importante para esclarecer lo ocurrido el 25 de julio de 2024, cuando Héctor Melesio Cuén fue asesinado en Sinaloa y, ese mismo día, Ismael “El Mayo” Zambada fue trasladado a Estados Unidos.
Según la investigación federal, Corrales habría acompañado a Cuén a una reunión realizada en la finca Huertos del Pedregal, en Culiacán, escenario que ha sido vinculado con los acontecimientos que rodearon tanto el homicidio del exrector de la Universidad Autónoma de Sinaloa como la privación de la libertad de Zambada.
Aunque las acusaciones contra Corrales no corresponden directamente al secuestro de “El Mayo”, la Fiscalía sostiene que los delitos de encubrimiento y falsedad de declaraciones que le atribuye estarían relacionados con la investigación de aquellos hechos.
Aquí surge una de las principales interrogantes del caso: ¿qué información considera la FGR tan sensible como para justificar que una audiencia inicial, en la que deben exponerse las acusaciones y datos de prueba, se desarrolle sin presencia de medios ni ciudadanos?
La decisión también deja en la incertidumbre qué elementos pretende presentar la Fiscalía para sostener que Corrales habría incurrido en contradicciones o habría ocultado información relevante sobre los acontecimientos de aquel día.
El argumento de que existen investigaciones abiertas y posibles datos vinculados con seguridad nacional coloca nuevamente en el centro del debate el equilibrio entre la protección de información sensible y el derecho de la sociedad a conocer cómo se están integrando las investigaciones de un caso que involucra a personajes de alto perfil.
Por ahora, la audiencia privada mantiene bajo reserva aspectos sustanciales del proceso y limita la posibilidad de contrastar públicamente las versiones de la Fiscalía y la defensa.
Fausto Corrales Rodríguez conserva su presunción de inocencia y será el desarrollo del proceso judicial el que determine si existen elementos suficientes para acreditar las acusaciones formuladas en su contra. Mientras tanto, la falta de acceso público a esta primera etapa deja abierta una pregunta que cobra especial importancia: ¿se trata de una medida estrictamente necesaria para proteger una investigación en curso o de una reserva que termina alejando a la sociedad de conocer cómo se está buscando esclarecer uno de los episodios más polémicos de la justicia mexicana?
