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Cesan 3 meses a Notaria de Atoyac

Superiberia

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Atoyac.- Tras detectarle diversas anomalías en el ejecicio de su trabajo, la notario pública número 27 de Atoyac, Minerva Cobos Lucero, fue cesada de sus funciones por tres meses.

Lo anterior se determinó tras una revisión general que llevaron a cabo personal de la Dirección General del Registro Público de la Propiedad, así como de Inspección y Archivo General de Notarías, de la que es titular, Litzahaya Olivares Arizala.

Los inspectores se dieron cuenta del desorden que existía en las oficinas que ocupa la amonestada, debido a ello se le aplicó la sanción y se puso del conocimiento a las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP), de Finanzas y Planeación (Sefiplan), a la Fiscalía General del Estado (FGE), al Ministerio Público Federal (MPF) y a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), para que procedan según la Ley.

Entre las alteraciones que detectaron se encuentra el hecho de que en los Libros de Registros hay errores en la impresión de folios sin inutilizarse, carecen de notas y actas complementarias respectivas; de la firma de autorización; hallaron dos actos diferentes con el mismo número de instrumento, lo que es irregular.

Además ubicaron errores al momento de asentar el número del instrumento y de los libros, sin que a la fecha se haya realizado las correcciones; avisos extemporáneos de testamentos y tampoco tienen copias de cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) firmada por los comparecientes, además de que falta el aviso preventivo.

Indicaron que se dieron cuenta de que existen libros sin empastar, carecen de sellos, firmas, sin contener la procedencia del cierre, sin notas complementarias y tampoco la autorización por parte de la Dirección General; carencia de apéndices y certificaciones sin su firma.

Deficiencias

Además, adolece de evidencia del aviso de poder, encontraron que en algunos libros los comparecientes plasmaron sus huellas dactilares por no saber firmar, pero nadie signa a ruego y encargo, hace falta la razón de sustitución en la actuación del Notario Titular al Notario Adscrito, además de la razón de reincorporación de la Notaria Titular y la numeración de los instrumentos y certificaciones no es progresiva y cronológica. 

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