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DERECHO DE RÉPLICA: Parquímetros, en apego al Código Hacendario: Rojí

Superiberia

Nota de fecha sábado 20 de junio de 2020, publicada bajo el título I. Rojí Atraca Con Los Parquímetros”. En el ejercicio del Derecho de Réplica contenido en el Artículo 3 de la Ley Reglamentaria del Artículo 6o Párrafo Primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia del Derecho de Réplica, señalo que la información contenida en esta es inexacta o falsa por lo siguiente:
a).- El título de la nota de fecha 20 de junio de 2020 que señala “I. Rojí Atraca Con Los Parquímetros” no guarda relación directa con el resto de la noticia, como fácilmente se aprecia de la lectura, sin embargo el término utilizado por la redacción del periódico, es un insulto hacia el suscrito, pues es de todos conocido que en nuestro país “atracar” se entiende como asalto a alguien con propósito de robo, sin que el suscrito ejecute tal acción y mucho menos el personal del Ayuntamiento de Orizaba, Veracruz, cuando cumple con la obligación que, en este caso, el Código Hacendario para el Municipio de Orizaba, Veracruz, les impone, puesto que dicha obligación y facultad se establece en lo dispuesto en el artículo 115 Fracción IV de la Constitución General de la República, así como lo dispuesto en los artículos 1, 14, 17, 248 y 249 fracción V, de donde puede verse las tarifas las estableció el Legislador y no el Ayuntamiento, de ahí que no puede este periódico aplicar ese calificativo que atenta contra mi dignidad.
ATENTAMENTE
Orizaba, Veracruz, a 06 de julio de 2020
LIC. IGOR F. ROJI LOPEZ

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