De la redacción
El Buen Tono
Xalapa, Ver.- El Congreso de Veracruz aprobó una reforma al Código Penal estatal para tipificar como delito la cohabitación forzada de personas menores de 18 años, con penas de ocho a 15 años de prisión y multas de 2 mil a 5 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
La nueva disposición sanciona a quienes obliguen, coaccionen, induzcan, soliciten, gestionen u oferten a una persona menor de edad para que viva en una unión informal o consuetudinaria equiparable al matrimonio.
La reforma establece que no será necesario que exista un matrimonio reconocido legalmente para que se configure el delito. La convivencia puede darse con otra persona menor de edad o con alguien mayor de 18 años y, de acuerdo con el texto aprobado, puede configurarse con o sin el consentimiento de la persona menor de edad.
La iniciativa fue presentada por el diputado Luis Vicente Aguilar Castillo, de Morena, y analizada por las comisiones unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, así como de Derechos de la Niñez, la Adolescencia y la Familia.
También contempla las uniones informales
La reforma amplía la protección penal para abarcar aquellas convivencias constantes que, aunque no estén formalizadas ante las autoridades, tengan características similares a una relación matrimonial.
De esta manera, la legislación contempla las uniones informales o consuetudinarias en las que niñas, niños y adolescentes sean incorporados a una convivencia de carácter matrimonial.
Hasta 15 años de prisión
Quienes incurran en esta conducta podrán recibir una pena de ocho a 15 años de prisión, además de una multa de 2 mil a 5 mil veces el valor diario de la UMA.
El nuevo delito fue incorporado al apartado del Código Penal relacionado con la protección del libre y sano desarrollo de la personalidad.
Las comisiones dictaminadoras señalaron que estas prácticas pueden afectar derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes, entre ellos la libertad, la educación, la salud y su desarrollo integral.
Con la aprobación de esta reforma, Veracruz establece una figura penal específica para sancionar la cohabitación forzada de personas menores de edad, incluso cuando la unión no se encuentre formalizada como matrimonio.
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