


La modernización del Estado mexicano pasa, sin duda, por la reforma del municipio como base que es del Pacto Federal.
Nada de lo que ocurra en el cerebro y en el corazón, deja de registrar su impacto en el resto del organismo. Lo mismo sucede en un
sentido inverso.
Los órdenes de gobierno palpitan al ritmo de la normatividad vigente. A través de sus arterias fluye lo que hace posible la participación ciudadana: sus anhelos y demandas, sus aspiraciones y compromisos.
En suma, la forma y el contenido del federalismo tienen su razón de ser en el formato supremo de la legalidad.
Es decir, en la realización cotidiana y permanente del principio del Estado de derecho que no es otro que el de la constitucionalidad de la legislación y la legalidad de su
consiguiente ejecución.
Con razón, en el proceso de la modernización del Estado a través de reformas llamadas estructurales en virtud de que abarcan desde la base de la pirámide jurídico-política hasta su cúspide.
Así, municipios, estados y federación están inmersos en una sucesión de cambios cuyos actores y destinatarios principales son los ciudadanos.
A nadie escapará que las reformas han puesto a prueba la capacidad y sensibilidad del Congreso de la Unión, así como de modo consecuente, a los congresos locales.
Sería temerario dejarlas en el vacío de la ineficacia o de la franca invalidez al no promover, con iniciativas pertinentes, y consecuentes, el nuevo perfil de nación, cuyo régimen soberano y responsable dé lugar a la nueva sociedad a la que aspiramos en la comunidad global del siglo XXI.
Para uno de los muchos cambios que requiere el municipio, la iniciativa que presenté recientemente ante el pleno del Senado, se inscribe en el esquema de reformas constitucionales que, en su conjunto, nos sitúan en el umbral de la modernización del Estado mexicano.
Mi propuesta tiene que ver, específicamente, con el régimen de libertades que atañen al municipio, al límite legal y a los márgenes administrativos respecto de la tutela, salvaguarda y disposición indebida de los bienes inmuebles bajo “su propiedad”.
Sabido es que, en la medida que el municipio es miembro en su carácter constitutivo del Pacto Federal, las disposiciones que lo rigen en orden a su autonomía tienen límites, acotaciones y salvedades.
Libre es el ayuntamiento que gobierna al municipio, pero no hay que olvidar, ante todo, que sus representantes o ejecutivos son titulares de deberes y obligaciones improrrogables.
En el caso, la propuesta está en el supuesto de no enajenar por enajenar, es decir, por apremio material, los bienes inmuebles y propiedades municipales.
En todo caso, y por razones de apoyo a la sociedad, bien razonadas, cabría extender la concesión, limitada al goce y disfrute del bien, pero no en condiciones de enajenación o de adquisición definitiva por terceros.
La iniciativa está destinada a redefinir los límites relativos a la administración del patrimonio municipal, mediante acuerdos por parte de los responsables para aprobar convenios, evitando con puntualidad cualquier acto traslativo de dominio que resulta lesivo a la comunidad.
Finalmente, el proyecto de decreto para reformar el artículo 115 constitucional propone adicionar el inciso b) del párrafo II, con el propósito de que no haya lugar a fin de que se justifiquen o convaliden ilícitamente actos o convenios que pudiesen comprometer al municipio por un plazo mayor al periodo que ejerza el ayuntamiento.
Con lo anterior, se evitaría con esta reforma, terminantemente, el mal uso de los bienes públicos bajo tutela del municipio y se garantizaría, así, que dichos bienes inmuebles, propiedad suya, cumplan efectivamente los beneficios sociales a que se han destinado
originalmente.
En último término se precisa, de manera explícita, que, de no cumplirse con los términos establecidos en el ordenamiento, se revierta el uso y goce del inmueble al patrimonio pleno del municipio.
En tanto el municipio es la unidad básica territorial, se refrendan, sus características esenciales: libertad política, libertad de administración y personalidad jurídica.
Como célula primordial, se preserva de manera sólida como lo que es: cimiento confiable y vigoroso de la pirámide federalista, otorgándole mayor certeza y reciedumbre en sus derroteros y valores.
Esto es sólo un primer paso del largo camino que debemos recorrer para reformar y actualizar el quehacer del municipio en México.
Los dolorosamente llamados ahora “virreinatos municipales” han encendido recientemente las alarmas de emergencia social en un gobierno, el municipal, que está siendo rebasado por la realidad.
*Senador de la República por el estado de Chihuahua


