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Retocan artículo sobre bloqueo de contenidos

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México.- En el anteproyecto de dictamen de las leyes secundarias en materia de telecomunicaciones, el senador Javier Lozano eliminó las sospechas de censura previa a los contenidos de Internet, pero conservó que los concesionarios puedan bloquear el acceso a determinados contenidos, aplicaciones o servicios a petición expresa del usuario o cuando medie orden de una autoridad competente.

El documento propone 192 modificaciones a la iniciativa del presidente Enrique Peña Nieto, cambios clasificados en 15 temas: fortalecimiento del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), competencia en materia de contenidos, reglas de contacto, concesiones de uso público, concesiones de uso social, neutralidad de las redes, multiprogramación y derechos de las audiencias.

También en lo referente a la colaboración con la justicia, derecho de los usuarios, preponderancia en radiodifusión, consejo consultivo del organismo público de radiodifusión, vacatio legis por 30 días, apagón analógico y eliminación de larga distancia en telefonía.

El documento precisa nuevas atribuciones para el IFT, entre ellas vigilar y sancionar el cumplimiento de los tiempos máximos establecidos para la transmisión de mensajes comerciales y las obligaciones en materia de defensa de las audiencias.

Además, deberá supervisar que la programación dirigida a la población infantil respete los valores y principios del Artículo 3º constitucional y las normas en materia de salud.

 

SUSPENSIÓN PRECAUTORIA

El Instituto también podrá ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que no cumplan con las normas y lineamientos emitidos por las autoridades competentes, que regulen la programación y publicidad pautada dirigida a la población infantil.

Asimismo elimina la facultad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) de formular al IFT recomendaciones a su programa de trabajo y a su informe trimestral de actividades.

Para la imposición de obligaciones de cobertura universal, el Instituto sólo considerará las propuestas de la SCT conforme a los planes y programas respectivos.

La propuesta incluye que el Instituto concluya el apagón analógico antes del 31 de diciembre del 2015 y no en el 2017; además, no privará a la población de los servicios de permisionarios con estaciones de baja potencia que no lleguen a la fecha o que no alcancen el nivel de penetración de receptores.

Incluso, disminuye el lapso de tres a un año para la consolidación de las áreas de servicio local de telefonía y la eliminación de los cobros de larga distancia.

En cuanto a la reforma del Código Penal Federal, se mantiene una pena de prisión de tres a ocho años y de 5,000 a 10,000 días de multa a la persona física o representante de la persona moral que se niegue a colaborar con el Ministerio Público en la localización geográfica de las personas investigadas por delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, extorsión y amenazas.

El capítulo de multas también permanece, y entre otras cosas establece que en caso de que los concesionarios no permitan la verificación del IFT, éste podrá aplicar una multa de 100 a 2,000 días de salario mínimo y una multa adicional por cada día que se nieguen a colaborar, así como el auxilio de la fuerza pública.

 

agencia

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