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Guillermo Santos Martínez

𝐋𝐀𝐁𝐎𝐑𝐀𝐋: 𝑹𝑬𝑷𝑺𝑬. 𝗠𝗢𝗗𝗜𝗙𝗜𝗖𝗔𝗖𝗜𝗢𝗡𝗘𝗦 al REPSE publicadas el 9 de junio de 2026
El 9 de junio de 2026, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social”, el cual entró en vigor el 10 de junio de 2026. Su finalidad es reducir documentos, unificar trámites y acortar los tiempos de respuesta.

Principales cambios

1. Un solo trámite

Ahora inscripción, renovación y cancelación se concentran en un único trámite con tres modalidades:

Alta

Actualización

Cancelación

2. Menos documentos para empresas con hasta 10 trabajadores

Personas físicas:

Formulario en línea.

RFC.

Personas morales:

Formulario en línea.

Acta constitutiva.

Objeto social vigente.

Ya no se solicita:

Identificación oficial.

Poder notarial.

Nóminas.

Registros patronales del IMSS.

Comprobante de domicilio.

SUA.

Importante: Se eliminan como requisito del trámite, pero las obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social siguen vigentes.

3. Empresas con más de 10 trabajadores

Deben seguir presentando la mayoría de los documentos anteriores (identificación, poder, nóminas, IMSS, SUA, etc.).

Únicamente deja de solicitarse el comprobante de domicilio.

4. Menores tiempos de respuesta

Hasta 10 trabajadores: 5 días hábiles.

Más de 10 trabajadores: 15 días hábiles.

Antes el plazo era de 20 días hábiles para todos.

Lo que NO cambió

✅ El REPSE sigue teniendo una vigencia de 3 años.

✅ La renovación debe realizarse dentro de los 3 meses previos al vencimiento.

✅ Se debe estar al corriente ante:

SAT.

IMSS.

INFONAVIT.

✅ Los servicios deben ser realmente especializados y no formar parte de la actividad preponderante del cliente.

✅ Debe existir un contrato por escrito con el número de trabajadores, objeto del servicio y datos del REPSE.

✅ Continúan las obligaciones informativas:

ICSOE (IMSS).

SISUB (INFONAVIT).

Recomendaciones

No esperar al último momento para renovar.

Verificar opiniones de cumplimiento de SAT, IMSS e INFONAVIT.

Revisar que el objeto social, actividades fiscales, contratos y servicios registrados coincidan.

Mantener un expediente digital con folios, acuses y documentación.

Informar a los clientes cuando se obtenga la renovación.

Conclusión

La reforma reduce trámites y documentos, especialmente para empresas con hasta 10 trabajadores, pero no elimina obligaciones laborales, fiscales ni de seguridad social. El REPSE sigue siendo indispensable para prestar servicios especializados de forma legal.

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