De la redacción
El Buen Tono
El próximo 31 de agosto vence el plazo para registrar las líneas celulares de prepago terminadas en 1 con la CURP. Los usuarios que no realicen la vinculación dentro de la fecha establecida podrían quedarse sin llamadas, mensajes y datos móviles, debido a la suspensión del servicio por parte de las compañías telefónicas.
La fecha forma parte del calendario establecido por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), luego de la prórroga otorgada para realizar este procedimiento.
El registro es gratuito y debe efectuarse directamente con la compañía telefónica correspondiente, ya sea mediante sus plataformas digitales o en alguno de sus centros de atención a clientes. Las empresas son las responsables de asociar el nombre, la CURP y el número celular del usuario.
Una vez concluida la vinculación, el servicio será restablecido por la compañía telefónica.
La CRT aclaró que las empresas únicamente conservarán el nombre, la CURP y el número celular asociados. Los demás datos o imágenes utilizados durante el proceso de validación deberán ser eliminados.
Estas son las fechas según la terminación del número
El calendario contempla diferentes fechas límite dependiendo del último dígito del número telefónico:
- Terminación 1: 31 de agosto
- Terminación 2: 15 de septiembre
- Terminación 3: 30 de septiembre
- Terminación 4: 15 de octubre
- Terminación 5: 31 de octubre
- Terminación 6: 15 de noviembre
- Terminación 7: 30 de noviembre
- Terminación 8: 15 de diciembre
- Terminación 9: 31 de diciembre
Las líneas de pospago que ya están asociadas con una persona desde el momento de la contratación no necesitan realizar nuevamente el procedimiento.
Hasta el 25 de junio, la CRT reportó 63 millones de líneas vinculadas, de las cuales 40.2 millones correspondían a usuarios de prepago y 22.8 millones a líneas de pospago.
La medida busca que cada número telefónico esté asociado con una persona identificada y reducir el anonimato que puede ser utilizado para cometer delitos como fraude y extorsión telefónica.
De acuerdo con la autoridad, las compañías podrán proporcionar información a las autoridades competentes cuando una línea esté relacionada con una investigación, siempre que exista una solicitud conforme a las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales.
