JavaScript must be enabled in order for you to see "WP Copy Data Protect" effect. However, it seems JavaScript is either disabled or not supported by your browser. To see full result of "WP Copy Data Protector", enable JavaScript by changing your browser options, then try again.
PUBLICIDAD publicidad

De la redacción
El Buen Tono

El pleno del Senado aprobó la Ley General en materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, con la que se reconoce a los animales como seres sintientes y se establecen nuevas obligaciones para tutores, adoptantes y autoridades.

La legislación obliga a quienes tengan animales de compañía a garantizarles alimentación, refugio, identificación y atención veterinaria. El abandono en espacios públicos o privados, así como mantenerlos en áreas comunes sin cubrir sus necesidades básicas, será considerado una infracción.

También queda prohibido dejar animales dentro de vehículos cuando las condiciones representen un riesgo para su bienestar. Quienes incumplan deberán cubrir los gastos derivados de evaluaciones médicas, manutención, atención y resguardo.

La reforma al artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente prohíbe el encadenamiento, amarre, confinamiento o abandono permanente de animales de compañía en azoteas, patios, terrenos baldíos o a la intemperie cuando estas condiciones afecten su salud, movilidad, descanso o integridad física.

La norma también establece que deberán contar de manera continua con agua, alimento, sombra, refugio y atención veterinaria.

La aprobación se realizó con 113 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones. El dictamen establece que el bienestar animal es un derecho fundamental y plantea armonizar las disposiciones federales, estatales y municipales en esta materia.

Además, contempla sanciones más severas por maltrato y establece distintas categorías jurídicas para los animales, incluidos aquellos adiestrados para actividades deportivas y los destinados al trabajo.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) podrán imponer directamente sanciones administrativas.

Entre las medidas contempladas se encuentran amonestaciones escritas, multas de 57 mil 460 a 229 mil 840 pesos y arrestos administrativos de hasta 36 horas. También podrán aplicarse clausuras temporales o definitivas, decomiso de animales y cancelación de autorizaciones de cuidado.

La nueva legislación contempla además la creación de un padrón de personas infractoras, en el que los sancionados permanecerán entre uno y cinco años. El periodo podrá reducirse a la mitad cuando se cumplan las medidas correctivas y se repare el daño.

Las personas inscritas en este padrón no podrán recibir apoyos públicos relacionados directamente con el cuidado, protección o bienestar de los animales.

El decreto entrará en vigor 60 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Recibe noticias y promociones de El Buen Tono
Recibe directamente en tu correo electrónico nuestras principales noticias, información y promociones de El Buen Tono.
Es gratis. Solo escribe tu correo y presiona Sign Up para suscribirte.

Tu información será utilizada únicamente para el envío de nuestras comunicaciones.
``` CANAL OFICIAL