De la Redacción
El Buen Tono
Córdoba, Ver.- La regidora y exsíndica avaló con su firma el contrato 2024300440601, la “Rehabilitación del Bulevar Tratados de Córdoba (reparación por afectación de socavón)”. El ORFIS documentó que esa obra careció de estudio de mecánica de suelos y memoria de cálculo. Hoy pide “revisar los estudios técnicos” que ella misma autorizó sin exigirlos.
Vania López González firmó como Síndica Municipal el contrato de la obra 2024300440601, “Rehabilitación del Bulevar Tratados de Córdoba (reparación por afectación de socavón) en la cabecera municipal de Córdoba, Veracruz”. El Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) determinó que esa obra se ejecutó sin estudio de mecánica de suelos ni memoria de cálculo.
Hoy, como regidora, Vania López pide revisar los estudios técnicos de esa misma obra. No fue una observadora pasiva: fue parte del acto administrativo que autorizó la reparación. Su declaración no es preocupación ciudadana: es una simulación para deslindarse de la responsabilidad que le corresponde.
La firma de la Síndica no es un trámite protocolario. La Ley Orgánica del Municipio Libre le impone la obligación de revisar y validar que los actos administrativos se ajusten a la normatividad. Su rúbrica en el contrato equivale a una certificación: la obra cumple con los requisitos legales y técnicos. Si no los cumplía, ella no debió firmar.
La contradicción de su declaración
Vania López González declaró recientemente que pidió revisar los estudios técnicos realizados durante la pasada administración para determinar las condiciones actuales del subsuelo y el origen de la afectación. Su declaración, difundida como una muestra de preocupación por el nuevo hundimiento en el bulevar Tratados de Córdoba, es contradictoria con los hechos:
Si firmó el contrato, sabía que esos estudios no existían. El ORFIS lo documentó. El expediente unitario de la obra los omitió. No se puede pedir revisar lo que nunca se entregó.
No fue una observadora pasiva: fue parte del acto administrativo que autorizó la obra. Su firma en el contrato la convierte en responsable directa de la adjudicación y de la ejecución.
Si no revisó que los estudios existieran, incurrió en negligencia. Su función como Síndica era vigilar que la obra se ajustara a la normatividad. No lo hizo.
Si lo revisó y aun así firmó, incurrió en complicidad. Avaló una obra sin estudios técnicos y permitió que se pagaran 22.3 millones de pesos por una reparación que hoy vuelve a hundirse.
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