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La mínima regulación de manifestaciones en México

Superiberia

>>Los intentos que han existido por parte de la oposición de regular este tema, tanto de la izquierda no-perredista como del PAN, han fracasado.

raíz del artículo que publiqué el lunes sobre la necesidad de regular el derecho a la manifestación, como existe en otras democracias, tuvimos ayer un debate con Ana Laura Magaloni y Javier Tello en el programa radiofónico que conduzco. Tello  me reclamaba que por qué no había investigado si había regulación de marchas y manifestaciones en el Distrito Federal para mi artículo del lunes. Reconozco que no lo hice porque pensé que no existía. Magaloni también pensaba lo mismo. En ese momento, al aire, recurrimos al internet para zanjar el asunto. Encontramos dos iniciativas de ley en esta materia. La primera fechada en 2006 por diputados locales del PT, Convergencia y Alternativa. La segunda, más reciente, de febrero de 2011, se trata de un decreto de iniciativa que mandó la entonces diputada federal del PAN, Gabriela Cuevas, a la Asamblea Legislativa del DF.

Terminado el programa, investigué más. Lo primero que encontré es que al parecer estas dos iniciativas no prosperaron. Por lo menos todavía no son ley. ¿Cómo lo sé? Pues recurrí al mejor motor de búsqueda de legislaciones que existe en México, el del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, y ahí, por lo menos hasta ayer, no había ley alguna que regulara el derecho a las marchas y manifestaciones en la capital del país. Así que resultó verdadera mi hipótesis de la carencia de una legislación sobre esta materia, como sí existe en otras ciudades del mundo (el lunes mencioné, por ejemplo, la de Nueva York).

Adentrándome en la búsqueda, encontré un capítulo dedicado a “las manifestaciones públicas en la vialidad” en la Ley de Transporte y Vialidad del DF promulgada en 2002 por el entonces jefe de gobierno, Andrés Manuel López Obrador. ¿Qué se ordena?

El artículo 105 les prohíbe a los particulares o autoridades “limitar el tránsito de peatones y vehículos”. Muy bien. Pero el artículo siguiente faculta a Seguridad Pública (léase la policía) a “brindar las facilidades necesarias para la manifestación pública, de los grupos o individuos que den aviso”. Se solicita, de hecho, que se notifique a Seguridad Pública, “con por lo menos 48 horas de anticipación”, cualquier “concentración humana de carácter político, religioso, deportivo, recreativo o social, cuya finalidad sea perfectamente licita y que pueda perturbar el tránsito en las vialidades, la paz y tranquilidad de la población de la ciudad”. El gobierno, luego entonces, está obligado a “informar a la población, a través de los medios masivos de comunicación, sobre el desarrollo de manifestaciones, actos o circunstancias que alteren en forma momentánea, transitoria o permanente la vialidad. Asimismo, deberá proponer alternativas para el tránsito de las personas o vehículos”.

El artículo 107 de la citada legislación vigente prohíbe realizar manifestaciones en “las vías primarias de circulación continua [periféricos, viaductos o radiales] excepto para cruzar de una vía a otra, para conectarse entre vialidades o cuando sea la única ruta de acceso al punto de concentración, siempre y cuando sea de manera momentánea”. El 108 faculta a Seguridad Pública a tomar “las medidas necesarias para evitar el bloqueo en vías primarias de circulación continua, apegándose a lo dispuesto por las normatividad aplicable”.

Me pregunto cuántas de las decenas de manifestaciones que se llevan a cabo en la Ciudad de México cada año cumplen con estas disposiciones. Cuántas efectivamente avisan a las autoridades. De cuántas nos informan en los medios. Cuántas efectivamente no utilizan las vías primarias de circulación. Y cuántas veces la policía ha evitado el bloqueo de estas vías.

Lo que me queda claro es que la regulación del derecho a la manifestación es mínima en el Distrito Federal (véase, por ejemplo, que en ningún lado se prohíbe el bloqueo de entradas de edificios públicos o privados, lo cual es común y corriente en la capital). Además, los intentos que han existido por parte de la oposición de regular este tema, tanto de la izquierda no-perredista como del PAN, han fracasado. En la práctica, los gobiernos del PRD se han inclinado a defender más los derechos de los manifestantes que el de los terceros afectados. Y la ciudadanía, a la hora de votar, no los ha castigado por eso.

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