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DERECHO DE RÉPLICA: Falso que se robe en las gasolineras de mi familia: IR

Superiberia
  • Las fotografías y tickets de compra no son evidencia, asegura el alcalde orizabeño

En estricto respeto a Ley Reglamentaria del artículo 6º párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Derecho de Réplica, en esta edición, el periódico El Buen Tono concede al Ayuntamiento de Orizaba publicar dos misivas y expresar lo siguiente:

Nota de fecha miércoles 17 de junio de 2020, publicada bajo el título “Rojí da litros incompletos”. En el ejercicio del Derecho de Réplica contenido en el Artículo 3 de la Ley Reglamentaria del Artículo 6o Párrafo Primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia del Derecho de Réplica, señalo que la información contenida en esta es inexacta o falsa por lo siguiente:
a).- Es falso que en la Gasolinera propiedad de mi familia. NO DEL SUSCRITO, por cada 20 litros se “robe” entre 2 y 2.5 litros, de ser así esta situación ya hubiera sido detectada por las autoridades competentes quienes realizan continuamente visitas de verificación, lo que hacen de manera aleatoria o cuando existe una denuncia directa, siendo que en caso de las Gasolineras mencionadas no ha existido.
b).- La investigación a que alude el periódico el buen tono no es oficial por lo que carece de rigor técnico y legal y demuestra su falsedad.
c).- La “investigación especial” que dice Ramiro Fuentes hizo solo se realizó a las Gasolineras Rojí pero no a las restantes que existen en la ciudad, lo que revela la dañada intención del periódico y de dicho reportero en denostarme públicamente, además de que esa actividad, es decir verificar que una gasolinera cumpla a cabalidad con la norma, corresponde a la Secretaría de Energía y a la Procuraduría Federal del Consumidor, esta última solo interviene en vigilar que las bombas estén debidamente calibradas que, como se indica, son Autoridades de la Federación y por tanto es falso que exista complacencia del delegado regional, que dicho sea de paso no tiene competencia alguna en el tema de la verificación referida dado que esta acción solo le está permitida al área de verificación de las oficinas centrales de PROFECO.
d).- Las fotografías y tickets de compra que se exhiben en la nota replicada no pueden ser consideradas evidencias porque están son fácilmente manipuladas, ya que fueron realizadas por un particular sin la asistencia de alguna autoridad o fedatario y por ende carecen de cualquier valor legal.
e).- La información es imprecisa respecto a la opinión de los “automovilistas” Martín Zavaleta Martínez y Concepción Hernández Jaramillo, porque nunca dijeron si son o han sido clientes de las gasolineras del Grupo Rojí.
ATENTAMENTE
Orizaba, Veracruz, a 06 de julio de 2020
LIC. IGOR F. ROJI LOPEZ

NOTA
Los errores de redacción son propios de los escritos de réplica. Respetando la literalidad de los mismos, se dejaron intactos. 

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