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  • Contra ayuntamiento orizabeño
  • La CNDH, en el expediente CEDH/2VG/COR/0589/2019 emitió la recomendación 88/2020.


ORIZABA.- En el 2020 sí hay recomendaciones por parte de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos en contra de la administración orizabeña, a pesar de que el ejecutivo municipal asegura lo contrario, lo cierto es que falso y así consta en el expediente CEDH/2VG/COR/0589/2019 con la recomendación 88/2020 debido a que se le impidió a un un joven que baila y canta Son Jarocho que realizará dicha actividad en la calle Madero, violando el derecho a la libertad de expresión y que goza de protección constitucional y convencional.
La CEDH concluyó que el Ayuntamiento de Orizaba violó el derecho a la libertad de expresión debido a que la música tiene una función comunicativa, facilitadora de expresión emocional, experiencia y autonomía, además, vulnero el derecho a la cultura debido a una errónea interpretación de la fracción II del artículo 166 del Reglamento de Comercio de Orizaba que homologa la actividad musical no remunerada a la actividad musical que se realiza a cambio de una remuneración por lo que se solicitó una investigación y una reprimenda en contra del inspector que resulte responsable.

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