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AGENCIAS

MÉXICO.- La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publicó este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los nuevos Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, una regulación que establece nuevas obligaciones para concesionarias de radio, televisión abierta y de paga, así como para empresas programadoras.

El acuerdo fue aprobado por unanimidad durante la Vigésima Cuarta Sesión Extraordinaria de la CRT, con el voto de la comisionada presidenta, Norma Solano Rodríguez, y cuatro integrantes del Pleno. La aprobación ocurrió después de una consulta pública realizada entre el 27 de julio y el 21 de agosto de 2026, en la que participaron ciudadanos y representantes del sector, con un total de 8 mil 889 aportaciones.

Los lineamientos tienen como sustento los artículos 6, 7 y 28 de la Constitución y la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión publicada el 16 de julio de 2025. De acuerdo con la CRT, el objetivo es fortalecer los derechos de las audiencias, garantizar el acceso a los contenidos, proteger a las personas con discapacidad y establecer reglas más claras para diferenciar la información periodística de la publicidad y de las opiniones.

Uno de los principales cambios consiste en prohibir que la publicidad o propaganda sea presentada de una manera que pueda confundirse con información periodística o noticiosa. En televisión abierta y de paga, los patrocinios, menciones comerciales y emplazamientos de producto deberán identificarse mediante el símbolo “P” durante al menos cinco segundos al inicio y al final del espacio, o mediante una leyenda correspondiente. En radio, la identificación deberá hacerse verbalmente al concluir la emisión.

La regulación también establece que los programas informativos deberán diferenciar mediante recursos visuales o sonoros la información noticiosa de las opiniones de conductores, comentaristas o colaboradores. Para ello podrán utilizarse plecas, cortinillas, mensajes u otros mecanismos al inicio y al final de los espacios.

Además, los medios deberán adoptar medidas encaminadas a preservar la veracidad y pluralidad de la información y observar criterios éticos para garantizar que las noticias difundidas cuenten con elementos suficientes que permitan sustentar su veracidad.

Críticas por posible discrecionalidad

Aunque la CRT sostiene que los lineamientos buscan proteger a las audiencias y fortalecer la libertad de expresión, organizaciones del sector han advertido que algunas disposiciones podrían generar efectos contrarios si los conceptos utilizados no cuentan con criterios suficientemente claros.

La Asociación Mexicana de Internet (AIMX) señaló que existen conceptos abiertos a interpretación que podrían generar incertidumbre para los medios de comunicación y dejar espacio para decisiones discrecionales. La organización advirtió que esta situación podría traducirse en riesgos de censura y autocensura.

El punto más delicado de la regulación radica precisamente en el equilibrio entre proteger a las audiencias y evitar que una autoridad termine interviniendo en decisiones editoriales. Si bien los lineamientos establecen expresamente que los concesionarios deben contar con libertad de expresión, libertad programática y libertad editorial, también introducen obligaciones relacionadas con la veracidad, pluralidad y presentación de los contenidos.

Esta combinación ha generado preocupación debido a que términos como “veracidad”, “pluralidad” o los criterios para determinar cuándo una información cuenta con elementos suficientes para ser difundida pueden requerir interpretaciones caso por caso. Para críticos de la medida, la falta de parámetros precisos puede incrementar la incertidumbre jurídica para periodistas, conductores, productores y empresas de comunicación.

El riesgo señalado no necesariamente se encuentra en la intención declarada de proteger a las audiencias, sino en la posibilidad de que las nuevas facultades y obligaciones sean utilizadas de manera excesiva o discrecional. En ese escenario, los medios podrían optar por modificar contenidos o evitar determinados enfoques informativos para reducir el riesgo de sanciones.

Multas de hasta 1% de los ingresos

El impacto de la regulación también está relacionado con el régimen de sanciones. El incumplimiento de las disposiciones podrá derivar en multas de entre 0.01 y 1 por ciento de los ingresos acumulables de la empresa infractora, conforme al artículo 295 de la legislación vigente.

Para los grandes concesionarios, una sanción calculada sobre sus ingresos puede representar un impacto económico considerable. Para medios de menor tamaño, especialmente aquellos con recursos limitados, la posibilidad de enfrentar procedimientos y multas podría convertirse en un incentivo adicional para adoptar una postura más conservadora en sus contenidos.

Por ello, uno de los principales desafíos será determinar cómo aplicará la CRT las nuevas reglas y bajo qué criterios distinguirá entre una infracción objetiva y una controversia relacionada con decisiones editoriales.

Accesibilidad y defensorías

Los lineamientos también contemplan medidas para garantizar que las personas con discapacidad puedan acceder a los servicios de radiodifusión, televisión y audio. Las empresas tendrán un plazo de 60 días para habilitar las herramientas de accesibilidad previstas por la regulación.

Asimismo, se establecen obligaciones relacionadas con los códigos y defensores de las audiencias, cuyo registro deberá realizarse dentro de los 30 días hábiles siguientes al inicio de vigencia de las disposiciones.

Estos mecanismos buscan ofrecer a los usuarios herramientas para presentar quejas, observaciones o inconformidades respecto de los contenidos y la forma en que son transmitidos. Sin embargo, su funcionamiento también dependerá de que existan procedimientos claros, imparciales y transparentes para resolver las controversias.

Entra en vigor en septiembre

Los nuevos lineamientos entrarán en vigor 30 días naturales después de su publicación en el DOF y abrogarán las directrices emitidas en febrero de 2025.

La entrada en vigor obligará a las concesionarias y empresas programadoras a realizar ajustes en sus contenidos, mecanismos de identificación de publicidad, códigos de ética, defensorías y herramientas de accesibilidad.

El debate, sin embargo, no terminará con la publicación de las reglas. El verdadero alcance de la reforma se definirá con su aplicación: qué criterios utilizará la autoridad para determinar posibles incumplimientos, cómo responderán los medios y hasta dónde llegará la supervisión sin afectar la libertad editorial.

Mientras el gobierno sostiene que se trata de una medida para fortalecer los derechos de las audiencias y garantizar contenidos más transparentes y accesibles, sus críticos advierten que una regulación con conceptos ambiguos y sanciones económicas importantes podría generar un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión.

El reto será encontrar un equilibrio entre el derecho de las audiencias a recibir información clara, plural y diferenciada de la publicidad, y el derecho de los medios y periodistas a ejercer su libertad editorial sin presiones, censura o autocensura.

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