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Se termina plazo para los nuevos contribuyentes

Superiberia

Córdoba.- A pesar de que los casi 40 mil contribuyentes inscritos en el 2014 al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) no están obligados a pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR), debido a la condonación del 100 por ciento en su primer año, sí deben presentar sus declaraciones bimestrales. En caso de no hacerlo antes del 31 de enero de este año, serán trasladados en automático al Régimen de Actividad Empresarial.

En conferencia de prensa, la administradora local del SAT en la zona centro, Sandra Leticia Pérez del Valle, explicó que no se trata de una prórroga, sino de una facilidad para no dejar de tributar en el RIF. 

En esta ocasión, y tras haber registrado incumplimiento en declaraciones, deberán pagar la multa por actualización y recargos, ya que, aunque no paguen impuestos, sí deben presentar sus decla-
raciones fiscales.

Explicó que el monto total por recargos será calculado con base al bimestre que dejó de pagar, actualizado hasta la fecha, con base a ello se estimará el monto
total a pagar.

“Es tiempo para que puedan cumplir con sus obligaciones y mantener las ventajas que este sistema les otorga. La prórroga no los libera del pago de actualizaciones y recargos, simplemente es para que nos los saquen de seguir tributando en el RIF y sean migrados a otro régimen, en donde tendrán otras obligaciones”, explicó.

Pérez del Valle recordó que con la inscripción al RIF, las declaraciones bimestrales se deben presentar de acuerdo al bimestre en que el contribuyente se dio de alta. 

Por ejemplo, un contribuyente inscrito en diciembre del 2014 (sin importar día), deberá presentar su primera declaración durante este mes de enero, como parte del primer reporte bimestral noviembre-diciembre.

Con base en la sección I Capitulo II del Titulo IV de la Ley del ISR, las personas físicas que durante el ejercicio fiscal 2014 iniciaron o reanudaron actividades empresariales, sin superar los dos millones de pesos, a partir del 1 de enero del 2015 podrán migrar al RIF.

La administradora local explicó que en este caso deberán informar al SAT su intención de migrar de régimen hasta antes del 31 de enero. 

En caso de que durante el resto del ejercicio fiscal superen nuevamente sus ingresos, serán reintegrados al Régimen Empresarial, sin alternativa de cambio.

 

Yessica MartÌnez a.

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